Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 267
Sucre, 28/05/2013
Expediente: 26/2013-A
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: Norka N. Mercado Guzmán
VISTOS: VISTOS: La solicitud de complementación que antecede, formulada por Mario Vladimir Moreira Arias, Gerente a.i de Grandes Contribuyentes (GRACO) Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), respecto del Auto Supremo Nº 265 de 21 de mayo de 2013, emitido dentro el proceso Contencioso Tributario seguido por la Transportadora de Electricidad Sociedad Anónima contra el GRACO Cochabamba del S.I.N., y:
CONSIDERANDO: Que, luego de notificado con el Auto Supremo Nº 265 de 21 de mayo de 2013, el recurrente expresa que, el antes aludido Auto Supremo, al haberse pronunciado en el fondo de la causa, revocando la resolución judicial de Primera Instancia que modificó el acto administrativo impugnado, no estableció de manera expresa la legalidad, validez y vigencia de la Resolución Determinativa GRACO Nº 17-00506-11 de 28 de septiembre de 2011; por lo que, en aplicación de lo establecido en el artículo 196. 2 y 276 del Código de Procedimiento Civil pide que: a fin de evitar perjuicios posteriores a la Administración Tributaria, se complemente el Auto Supremo supra mencionado, estableciendo expresamente la validez, legalidad y vigencia de la Resolución Determinativa GRACO Nº 17-00506-11 de 28 de septiembre de 2011.
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