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TSJ

AS/0268/2014

Tribunal Supremo de Justicia
4 de julio de 2014Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
División y Partición de Herencia
Sala
Civil Liquidadora
Año
2014

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 268

Sucre: 4 de Julio de 2014.

Expediente: PT-25-10-S

Proceso: División y Partición de Herencia

Partes: David Chambi Huanca y otros c/ Hilda Choque Fernandez y otros

Distrito: Potosí

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

VISTOS: el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por Alberto Quiroga Ramos y Maria Cristina Chambi Huanca de Quiroga, contra el Auto de Vista Nº 207 de 11 de noviembre de 2010 pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en el proceso sobre división y partición de herencia, seguido por David Edgar, Nelly, Sonia Noemí, Nancy Gisabel y Ninoska Doris Chambi Huanca, contra Hilda Choque Fernández y los recurrentes, el auto concesorio de fojas 463 vuelta, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: De la Relación de Causa.- Que, el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia de la ciudad de Tupiza pronunció la Sentencia Nº 148 de 18 de junio de 2010 (fojas 583 a 592), declarando probada en parte la demanda de división y partición de herencia y nulidad de escritura, disponiendo la venta forzosa de los inmuebles en litis, e improbada sobre la nulidad del documento privado y poder en litigio; sin costas.

En grado de apelación, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí mediante Auto de Vista Nº 207 de 11 de noviembre de 2010 (fojas 633 a 636 vuelta), confirma parcialmente la sentencia apelada, revocándola en lo que respecta a la nulidad del poder y documento privado en litigio, declarando probada la misma, consiguientemente sin valor los mismos; sin costas.

CONSIDERANDO II: De los Fundamentos del Recurso de Casación.- Que, los demandados Alberto Quiroga Ramos y Maria Cristina Chambi Huanca de Quiroga interponen recurso de casación de 18 de noviembre de 2010 (fojas 639 a 641), acusan que:

En la forma. Alberto Quiroga Ramos no es parte ni es legitimado para ser demandante ni demandado, al efecto anota los artículos 90 y 3 inciso 1) del Código de Procedimiento Civil.

En el fondo. El lote de terreno de Alto Lima es de una institución pública. El inmueble de Colchani no es del causante Marcial Chambi Martínez. Al efecto apunta que se violaron los artículos 105 y 1542 inciso 1) del Código Civil.

CONSIDERANDO III: De los Fundamentos de la Resolución.- Que, del análisis y cotejo del recurso de casación en la forma y en el fondo, se llega a las siguientes conclusiones:

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Datos del proceso

Demandante
David Chambi Huanca y otros
Demandado
Hilda Choque Fernandez y otros
Proceso
División y Partición de Herencia
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia4 de julio de 2014AS/0268/2014Fuente oficial