Volver a jurisprudencia
TSJReiteradora

AS/0268/2019

Tribunal Supremo de Justicia
26 de junio de 2019Social 2daMag. Carlos Alberto Egüez Añez

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Terminación de la relación laboral / Finiquito / Multa por mora en su cancelación / Procede

El recurrente acusa violación del debido proceso al imponer multa sin los presupuestos legales y de sentido común necesarios, toda vez que el auto de vista recurrido al confirmar la multa del 30% sobre la liquidación impuesta por el Juez de primera instancia, obvió considerar que a momento de la ren...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 2da
Año
2019

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo 268/2019

Sucre, 26 de junio de 2019

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 72/2018

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 124, interpuesto por la demandada Evilde Felix Carandino, en contra del Auto de Vista Nº 244 de 24 de octubre de 2017, cursante a fs. 121, pronunciado por la Sala Primera en materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral, seguido por Winni Sánchez Valdivia, la respuesta de fs. 127, el auto de fs. 128 que concedió el referido recurso, el Auto N° 102/2018-A que admite el mismo, los antecedentes del proceso y;

CONSIDERANDO I:

I. 1. Antecedentes del proceso

I.1.1 Sentencia

Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Sexto de Partido del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 24/17 de 9 de junio de 2017, (fs. 104-107), declarando probada en parte la demanda y determinando que la parte demandada, cancele a favor de la demandante, la suma de Bs. 8.262,40 por concepto de beneficios sociales y demás derechos, de acuerdo al detalle previsto en la referida resolución.

I.1.2 Auto de Vista

En grado de apelación deducida por la demandada de fs. 110, la Sala Primera en materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista Nº 244 de 24 de octubre de 2017, cursante a fs. 121, confirmó la sentencia Nª 24/17 de 9 de junio de 2017, (fs. 104-107).

I.2 Motivos del recurso de casación.

El referido auto de vista, motivó a la parte demandada a interponer el recurso de casación en el fondo de fs. 124, por lo que, analizados los fundamentos expuestos en el memorial del recurso, manifiesta en síntesis lo siguiente:

Mostrando 16 de 32 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Máxima

MULTA POR MORA EN EL CUMPLIMIENTO DEL PAGO/En caso de despido del trabajador el empleador deberá cancelar en el plazo impostergable de quince días calendario el finiquito correspondiente a todos los derechos que le correspondan, pasado el plazo el pago de dicho monto será calculado en base a la variación de las UFV's desde la fecha de despido del trabajador hasta el día anterior a la fecha de cancelación del finiquito.

Datos del proceso

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/ BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Carlos Alberto Egüez Añez

Precedente

Articulo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, aplicable en caso de retiro forzoso del trabajador, para el presente caso resulta aplicable la Resolución Ministerial Nº 447 de 8 de julio de 2009, que reglamenta el Decreto Supremo Nº 110 de 1 de mayo de 2009, referente al retiro voluntario, en cuyo art. 1, par. II

Tribunal Supremo de Justicia26 de junio de 2019AS/0268/2019Fuente oficial