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TSJReiteradora

AS/0268/2024

Tribunal Supremo de Justicia
9 de mayo de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado

La parte recurrente alegó que, la Jueza de primera instancia no observó menos rechazó la apelación presentada por su persona, tampoco lo hizo la parte contraria, razón por la que mediante Auto la Jueza dispuso la remisión de obrados ante el Tribunal de Alzada; por lo que, habiendo presentado el rec...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 268

Sucre, 09 de mayo de 2024

Expediente: 141-2024

Demandante: Arnold Oliver Fernández Mendoza

Demandado: Empresa Unipersonal Servicios Preventivos de Vigilancia y Seguridad Patrimonial “PREVISEP”

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fs. 195 a 196, interpuesto por la Empresa Unipersonal Servicios Preventivos de Vigilancia y Seguridad Patrimonial “PREVISEP”, representada por Daysi Milenka Gutiérrez Esquivel; contra el Auto de Vista Nº 166/2023 de 1 de diciembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso de pago de beneficios, seguido por Arnold Oliver Fernández Mendoza, contra la empresa recurrente; el memorial de contestación de fs. 199 a 200; el Auto N° 61/2024 de 19 de febrero de fs. 201, que concedió el recurso; el Decreto de 6 de marzo de 2024 de fs. 208, que declaró admisible el recurso de casación; los antecedentes del proceso y,:

CONSIDERANDO I.

I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.

Tramitado el proceso social por pago de beneficios y derechos sociales, la Jueza Primero de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, emitió la Sentencia N° 59/2022 de 5 de agosto de fs. 144 a 151, que declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 9 a 10, subsanada de fs. 15 a 17; e IMPROBADA la excepción de pago de fs. 29 a 33, sin costas; disponiendo que la representante de la empresa demandada cancele en favor del actor la suma de Bs.12.495,90, por concepto de indemnización, desahucio, vacación, aguinaldo, sueldos devengados y reintegro por diferencia de salario, conforme la liquidación siguiente:

TIEMPO DE SERVICIOS: 1 año, 3 meses.

SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 2.164,00.

Indemnización Bs. 2.705,00.-

Desahucio Bs. 6.492,00.-

Vacación Bs. 327,60.-

Aguinaldo Bs. 907,67.-

Sueldos devengados Bs. 1.895,63.-

Reintegro por diferencia de salario Bs. 168,00,-

TOTAL A PAGAR Bs. 12.495,90.-

Monto que, en ejecución de sentencia será objeto de la actualización y el pago de la multa del 30% establecida en el art. 9 del D.S. 28699 de 1º de mayo de 2006.

I.2. Auto de Vista.

Contra dicha sentencia, la empresa demandada de fs. 174 a 178, interpuso recurso de apelación; resuelto por Auto de Vista N°166/2023 de 1 de diciembre, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que ANULÓ el Auto de 1 de septiembre de 2022 de fs. 184, que concedió el recurso de apelación fuera de plazo; y declaró ejecutoriada la sentencia apelada.

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Datos del proceso

Demandante
Arnold Oliver Fernández Mendoza
Demandado
Empresa Unipersonal Servicios Preventivos de Vigilancia y Seguridad Patrimonial “PREVISEP”
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero

Precedente

Artículo 90 parágrafo III del Código Procesal Civil.

Tribunal Supremo de Justicia9 de mayo de 2024AS/0268/2024Fuente oficial