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TSJ

AS/0269/2024

Tribunal Supremo de Justicia
9 de mayo de 2024Social 1eraMag. Nuria Gisela Gonzales Romero
Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 1era
Año
2024

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 269

Sucre, 09 de mayo de 2024

Expediente: 127-2024

Demandante: Luz Anai Dorado Lucero

Demandado: Empresa MAREDU GAMES SRL

Materia: Beneficios Sociales

Distrito: La Paz

Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero

VISTOS: El recurso de casación de fs. 400 a 402, interpuesto por la empresa MAREDU GAMES SRL, representada por Eduardo Enrique Issa Issa, a través de su apoderada Karen Roció Silva Fernández, contra el Auto de Vista N° 078/2023 de 20 de abril, de fs. 395 a 398, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales, interpuesto por Luz Anai Dorado Lucero, contra la empresa recurrente; el Auto N° 030/2024 de 25 de enero de fs. 406, que concedió el recurso; la contestación extemporánea de fs. 409 a 410; la providencia de 29 de febrero de 2024 de fs. 417, que admitió el recurso de casación interpuesto y todo lo que en materia fue pertinente analizar:

CONSIDERANDO I

I.1. ANTECEDENTES PROCESALES

Sentencia.

La Jueza Primera de Trabajo y Seguridad Social de El Alto, emitió la Sentencia N° 001/2023 de 11 de enero, de fs. 360 a 369, declarando PROBADA en parte la demanda de fs. 33 a 36, subsanada a fs. 40, sin costas; disponiendo que, Eduardo Enrique Issa Issa por la empresa MAREDU GAMES SRL, pague a favor de Luz Anai Dorado Lucero la suma de Bs.41.110,86, por concepto de indemnización por tiempo de servicios, diferencia salarial de diciembre 2018, marzo y octubre a diciembre de 2020, enero a septiembre de 2021, sueldos devengados de abril a septiembre de 2020, recargo nocturno, bono de antigüedad, feriados trabajados, vacaciones pendientes de uso, aguinaldo 2018 a 2020 más multa por incumplimiento, aguinaldo 2021 en duodécimas y el segundo aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” 2018 más multa por incumplimiento, conforme a la siguiente liquidación:

Sueldo promedio indemnizable: Bs.1.955,37.-

Tiempo de servicios: 3 años, 3 meses y 29 días.

Indemnización……………………………………………….Bs.6.512,40.-

Diferencia salarial diciembre 2018……………........Bs.320,80.-

Marzo y octubre a diciembre 2020……….............Bs.965,10.-

Enero a septiembre de 2021…………………………...Bs.1.527.-

Sueldos devengados abril a septiembre 2020…...Bs.9.549.-

Recargo nocturno 1er periodo………………………...Bs.3.723,90.-

Recargo nocturno 2do periodo………………………...Bs.749,55.-

Bono de antigüedad………………………………………..Bs.1.731,20.-

Feriados trabajos………………………………..………..…Bs.1.536.-

Vacación 2020 (duodécimas)…………………………….Bs.947.-

Vacación 2021 (duodécimas)…………………………....Bs.323.-

Aguinaldo 2018 (duodécimas) más multa…….…….Bs.1.955,28.-

Aguinaldo 2019 más multa…………………………..…..Bs.3.910,74.-

Aguinaldo 2020 más multa………………………………..Bs.3.910.74.-

Aguinaldo 2021 (duodécimas)…………………..……….Bs.1.466,46.-

Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” 2018 más multa...Bs.1955,28.-

Total………………...Bs.41.110,86.-

Monto que será objeto de actualización y multa prevista en el art. 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.

I.2.Auto de Vista.

En conocimiento de la sentencia, la empresa MAREDU GAMES SRL, interpuso recurso de apelación de fs. 375 a 376; a su turno la actora, formuló recurso de apelación de fs. 379 a 382, ambos resueltos por el Auto de Vista N° 078/2023 de 20 de abril, de fs. 395 a 398, emitido por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que rechazó el recurso de apelación de la empresa demandada, por extemporáneo y resolviendo el recurso de la parte actora, CONFIRMÓ en parte la sentencia emitida en primera instancia; modificándola, con la inclusión del pago de prima anual por las gestiones 2019, 2020 y duodécimas de 2021, y determinando el pago doble del aguinaldo de la gestión 2021, por incumplimiento; conforme a la siguiente liquidación:

Sueldo promedio indemnizable: Bs.1.955,37.-

Tiempo de servicios: 3 años, 3 meses y 29 días.

Indemnización……………………………………………….Bs.6.512,40.-

Diferencia salarial Diciembre 2018………………......Bs.320,80.-

Marzo y octubre a diciembre 2020………..............Bs.965,10.-

Enero a septiembre de 2021…………………………….Bs.1.527.-

Sueldos devengados abril a septiembre 2020…....Bs.9.549.-

Recargo nocturno 1er periodo………………………….Bs.3.723,90.-

Recargo nocturno 2do periodo………………….……..Bs.749,55.-

Bono de antigüedad……………………………………….Bs.1.731,20.-

Feriados trabajos………………………………..………….Bs.1.536.-

Vacación 2020 (duodécimas)…………………………...Bs.947.-

Vacación 2021 (duodécimas)…………………………….Bs.323.-

Aguinaldo 2018 (duodécimas) más multa…………..Bs.1.955,28.-

Aguinaldo 2019 más multa………………………………..Bs.3.910,74.-

Aguinaldo 2020 más multa………………………………..Bs.3.910.74.-

Aguinaldo 2021 (duodécimas)…………………………….Bs.1.466,46.-

Aguinaldo 2021 (multa)…………………………………..….Bs.1466,46.-

Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” 2018 más multa….Bs.1955,28.-

Prima de utilidades (2019)………………………….….……Bs.1.955,37.-

Mostrando 57 de 114 parrafos.

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Datos del proceso

Demandante
Luz Anai Dorado Lucero
Demandado
Empresa MAREDU GAMES SRL
Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Nuria Gisela Gonzales Romero
Tribunal Supremo de Justicia9 de mayo de 2024AS/0269/2024Fuente oficial