Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 270 Sucre 15 de agosto de 2005
DISTRITO: La Paz
PARTES : Raúl Terrazas Cárdenas c/ Julia Zárate de Machaca.
Cheque en descubierto. Revisión de sentencia.
VISTOS: el recurso de revisión de sentencia de fojas 8 a 9, interpuesto por Julia Zárate de Machaca, contra el Auto de fojas 1 a 2 dictado por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro el proceso penal, seguido por Raúl Terrazas Cárdenas contra la recurrente, por el delito de cheque en descubierto previsto y sancionado por el artículo 204 del Código Penal.
CONSIDERNADO: que, para la admisibilidad del recurso de revisión de sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada, debe acreditarse la prueba pertinente que sostenga en términos precisos el fundamento para cada caso previsto por el artículo 421 del C.P.P. El recurso de revisión que no cumpla los requisitos mencionados, será declarado inadmisible por incumplimiento del mandato del artículo 423 del código adjetivo indicado.
Que, la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz pronunció el Auto Nº 217/2004 dentro del proceso penal tramitado con sujeción a los preceptos del Decreto Ley Nº 10426 que entró en vigencia el 2 de abril de 1973.
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