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TSJ

AS/0270/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de junio de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 270

Sucre, 20 de junio de 2.006

DISTRITO: Cochabamba PROCESO: Social.

PARTES: Marivel Campero Flores c/ Mauricio Canedo Belmonte.

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 123 - 124, interpuesto por Mauricio Canedo Belmonte contra el auto de vista Nº 237/2002 de fs. 121, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso que por beneficios sociales sigue Carlota Flores Guzman en representación de su hija Marivel Campero Flores contra el recurrente, la respuesta de fs. 126, los antecedentes del proceso y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez del Trabajo y Seguridad Social Primero de la ciudad de Cochabamba, emitió sentencia el 11 de marzo de 2002 (fs. 104-105), declarando probada en parte la demanda de fs. 5 - 6 e improbada la excepción perentoria de pago opuesta por el demandado. En consecuencia dispuso el pago por parte del demandado en favor de Marivel Campero Flores, en la suma de Bs. 2.297,67, más los reajustes según el D.S. Nº 23381 de 29 de diciembre de 1992.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 237/2002 la Sala Social y Administrativa del Distrito Judicial de Cochabamba (fs.121), confirma la sentencia apelada en todas sus partes.

CONSIDERANDO II.- Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho que debe contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Código de Procedimiento Civil; debe fundamentarse por separado de manera precisa y concreta las causas que motivan la casación, ya sea en la forma, en el fondo o en ambos a la vez, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Que, de la revisión del recurso se colige que el recurrente no ha cumplido con los requisitos enumerados en el inc. 2) del Art. 258 del Cód. de Pdto. Civ., porque plantea casación de manera confusa, solicitando textualmente "...se anule y/o case la sentencia de primera instancia..." formas de resolución no contempladas en el Art. 271 del Cód. de Pdto. Civ.

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Datos del proceso

Demandante
Marivel Campero Flores
Demandado
Mauricio Canedo Belmonte.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia20 de junio de 2006AS/0270/2006Fuente oficial