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TSJReiteradora

AS/0270/2020

Tribunal Supremo de Justicia
9 de marzo de 2020Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar

Derecho del Trabajo / Derecho Laboral Sustantivo / Relación laboral / Alcances

El recurrente alega que la Resolución es incongruente pues siendo que el proceso tiene prueba de cargo, mismo que no han sido valoradas por el tribunal de apelación pero si por el juez de primera instancia. Continua manifestado que se presentaron pruebas conjuntamente a la presentación de la demand...

Proceso
Beneficios Sociales
Sala
Social 2da
Año
2020

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Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 270/2020

Sucre, 9 de marzo de 2020

Expediente: SC-CA.SAII-SCZ. 541/2019

Distrito: Santa Cruz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

Vistos: El recurso de casación en el fondo y forma de fs. 146 a 151., interpuesto por Sara Sorayda Beltran Cruz, contra el Auto de Vista Nº 142/2019 de 19 de septiembre de fs. 141 a 142, pronunciado por la Sala Primera en materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales, seguido por Sara Sorayda Beltran Cruz contra la Caja Petrolera de Salud Regional Santa Cruz, el Auto N° 125/2019 de 25 de noviembre de 2019, de fs. 155., que concedió el recurso, el Auto Supremo Nº 550/2019-A de 06 de enero de 2020, de fs. 164 y vlta., que admitió el recurso de casación; los antecedentes del proceso, y:

I.- Antecedentes del Proceso.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juzgado Quinto de Partido del trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justica de Santa Cruz, emitió la Sentencia Nº 137/2019 de 30 de abril de fs. 117 a 121, declarando probada, sin costas, la demanda de fs. 20 a 21 y vlta., y complementación de fs. 36 y vlta., correspondiendo la Caja Petrolera de Salud representada por Efidio Saturnino Flores Bonilla, pague al tercer día de ejecutoriada la sentencia, a favor de la demandante el monto equivalente a sus derechos y beneficios sociales siguientes:

SARA SORAYDA BELTRAN CRUZ

DESAHUCIO

3 sueldos: Bs. 11.760

INDEMNIZACION

11 meses y 15 días: Bs. 3.756,60

AGUINALDO

Gestión 2017 duodécima de 11 meses: Bs. 3.593,30

SUELDO DEVENGADO

5 meses y 25 dias: Bs. 22.866,60

ASIGNACIONES FAMILIARES

Prenatalidad, natalidad y lactancia: Bs. 36.000

TOTAL: Bs. 77.976.50

MULTA DEL 30%: Bs. 23.393

TOTAL A PAGAR: Bs.101.366,50

Son: Ciento un Mil Trescientos Setenta y Seis 50/100 Bolivianos, mas actualización y reajustes dispuestos por el art. 9 del decreto Supremo 28699 de 1 de mayo de 2006, que deberá ser calculado en ejecución de sentencia.

I.2.- Auto de Vista.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 142/2019 de 19 de septiembre de fs. 141 a 142, la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, Revoca totalmente la Sentencia apelada (fs. 117 a 121.), y en definitiva declara Improbada la demanda deducida por Sara Sorayda Beltran Cruz contra la Caja Petrolera de Salud.

II.- Fundamentos del Recurso de Casación.

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Máxima

PRINCIPIO INDUBIO PRO OPERARIO/ A favor del trabajador operan las reglas del indubio pro operario y de la condición más beneficiosa, así como los principios de continuidad o estabilidad de la relación laboral, de primacía de la realidad y de no discriminación.

Datos del proceso

Proceso
Beneficios Sociales
Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar

Precedente

Art. 4 de DS 28699 de 1 de mayo de 2006

Tribunal Supremo de Justicia9 de marzo de 2020AS/0270/2020Fuente oficial