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TSJ

AS/0273/2005

Tribunal Supremo de Justicia
17 de agosto de 2005Penal I
Proceso
Sala
Penal I
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 273 Sucre 17 de agosto de 2005

DISTRITO: Cochabamba

PARTES : Ministerio Público c/ Evaristo Quispe Mercado.

Transporte de sustancias controladas.

VISTOS: el recurso de casación de fojas 119-204 interpuesto por Evaristo Quispe Mercado, impugnando el Auto de Vista de fecha 9 de mayo de 2005 de fojas 182-185, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la R. Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el representante del Ministerio Público contra el recurrente y otros, por el delito de transporte de sustancias controladas, previsto y sancionado por el artículo 55 de la Ley 1008.

CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación es necesario cumplir los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado con relación al precedente invocado.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Evaristo Quispe Mercado.
Tribunal Supremo de Justicia17 de agosto de 2005AS/0273/2005Fuente oficial