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TSJ

AS/0275/2013

Tribunal Supremo de Justicia
22 de julio de 2013Penal LiquidadoraMag. Maria Lourdes Bustamante Ramírez
Proceso
Despojo, Alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y
Sala
Penal Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL LIQUIDADORA

Auto Supremo: No. 275

Fecha; Sucre, 22 de julio de 2013

Distrito: Cochabamba

Expediente: 65/11

Partes: Juana Caillares de Moran c/ Daniel Bustillo Aro, rosa Reynaga

Villarroel, Ademar Amilkar Bustillos Reynaga y Fernando Daniel Bustillos Reynaga

Delito: Despojo, Alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y

Daño Simple (Arts. 351, 352, 353 y 357 Cód. Penal)

Recurso: Casación

____________________________________________________________________

VISTOS: El Recurso de Casación de Fs. 312 a 313, de obrados, interpuesto por los imputados Rosa Reynaga de Bustillos, Daniel Bustillos Aro, Ademar Amilkar Bustillos Reynaga y Fernando Bustillos Reynaga, impugnando la resolución jurisdiccional contenida en el auto de Vista de fecha 02 de marzo de 2011 que sale de fs. 290 a292 de obrados, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte superior del distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso de Acción Penal privada seguido por JUANA CAILLARES de MORAN por la comisión de los delitos de despojo, alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y Daño simple tipificados en los Arts. 351, 352, 353 y 357 del Cód. Penal; los antecedentes de la causa; y,

CONSIDERANDO I: Que, de la revisión de los antecedentes que informan el legajo procesal se tiene que a mérito de la querella de acusación particular presentada por la señora JUANA CAILLARES de MORAN, en contra de Rosa Reynaga de Bustillos, Daniel Bustillos Aro, Ademar Amilkar Bustillos Reynaga Fernando Bustillos Reynaga, la Sra. Juez de Sentencia No. 1.- del Distrito Judicial de ciudad de Quillacollo, del distrito Judicial de Cochabamba pronunció sentencia en fecha 4 de noviembre de 2010 cursante de Fs. 255 a 261 de obrados, declarando a los acusados Rosa Reynaga de Bustillos, Daniel Bustillos Aro, Ademar Amilkar Bustillos Reynaga y Fernando Bustillos Reynaga ABSUELTOS DE PENA Y CULPA por la comisión de los delitos de Despojo, Alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y Daño Simple, tipificados en los Arts. 351, 352, 353 y 357 del Cód. Penal.

Que, como consecuencia de la Sentencia pronunciada por la Sra. Juez de Sentencia No. 1.- de la ciudad de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, la querellante JUANA CAILLARES de MORAN, a través de memorial de Fs, 263 a 274, interpuso Recurso de Apelación Restringida, la misma que fue respondida por los procesados Rosa Reynaga de Bustillos, Daniel Bustillos Aro, Ademar Amilkar Bustillos Reynaga, Fernando Daniel Bustillos Reynaga, como consta en cuaderno procesal de fs. 280 a 281.

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Datos del proceso

Demandante
Juana Caillares de Moran
Demandado
Daniel Bustillo Aro, rosa Reynaga
Proceso
Despojo, Alteración de Linderos, Perturbación de Posesión y
Magistrado relator
Maria Lourdes Bustamante Ramírez
Tribunal Supremo de Justicia22 de julio de 2013AS/0275/2013Fuente oficial