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TSJ

AS/0275/2018-RA

Tribunal Supremo de Justicia
18 de abril de 2018CivilMag. Marco Ernesto Jaimes Molina
Proceso
Cancelación de Matricula.
Sala
Civil
Año
2018

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 275/2018-RA

Sucre: 18 de abril de 2018

Expediente: O-10-18-S.

Partes: Walter Altamirano Caro y Nieves Altamirano Caro. c/ Arminda Teresa Altamirano Caro y Jaqueline Rubin de Celis.

Proceso: Cancelación de Matricula.

Distrito: Oruro.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 176 a 176 vta., interpuesto por Arminda Teresa Altamirano Caro, y el recurso de casación de fs. 271 a 278 vta., planteado por Lidia Isabel Fernandez Ojeda y Marcelo Ivan Sahonero Fernandez, ambos contra el Auto de Vista Nº 11-2018 de fecha 02 de febrero que cursa de fs. 162 a 167 vta., pronunciados por la Sala Civil, Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de Cancelación de Matricula en Derechos Reales, interpuesto por el Walter Altamirano Caro y Nieves Altamirano Caro contra Arminda Teresa Altamirano Caro y Jaqueline Rubin de Celis; el Auto de concesión de los recursos Nº 05/2018 de fecha 04 de abril, cursante a fs. 294, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO

En base al memorial de demanda de fs. 7 a 8 vta., subsanado de fs. 22 a 22 vta., Walter Altamirano Caro y Nieves Altamirano Caro iniciaron el proceso ordinario de Cancelación de Matricula en Derechos Reales contra Arminda Teresa Altamirano Caro y Jaqueline Rubín de Celis; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 157/2016 de fecha 23 de noviembre, cursante de fs. 92 a 96 vta., donde el Juez Publico Nº 9 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, declaró PROBADA EN PARTE la demanda principal en cuanto a la cancelación de registro en la oficina de derechos reales, e IMPROBADA en cuanto a la pretensión accesoria de la cancelación a los asientos correspondientes de la columna “B” de restricciones y gravámenes. En consecuencia ordenó:

1) La notificación a la Sra. Registradora de Derechos Reales a objeto de que proceda a la cancelación de los asientos Nº 6 y 7 de la columna “A” sobre la titularidad de dominio correspondiente a la Matricula Nº 4.01.1.01.0008942 del folio real asientos que le corresponden a la Sra. Arminda Altamirano Caro y Arminda Teresa Altamirano Caro respectivamente. 2) Se salva el derecho de la parte demandante a accionar la cancelación de las anotaciones preventivas y gravámenes por ante las autoridades jurisdiccionales que las dispusieron.

Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Arminda Teresa Altamirano Caro (memorial de fs. 99 a 100.); la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista Nº 11/2018 de fecha 02 de febrero, cursante de fs. 162 a 167 vta, por el cual CONFIRMA totalmente y en todas sus partes la Sentencia apelada.

Fallos de segunda instancia que son recurridos en casación por Arminda Teresa Altamirano Caro (memorial de fs. 176 a 176 vta.), por Lidia Isabel Fernandez Ojeda y Marcelo Ivan Sahonero Fernandez (memorial de fs. 271 a 278 vta.), recursos que son objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.

CONSIDERANDO II:

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN

En el marco de lo preceptuado en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, principio por el cual las partes pueden solicitar a otro juzgador superior que revise la resolución del inferior, con la finalidad de que se fiscalice no solo la decisión asumida sino también la legalidad de esta; y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), corresponde a continuación, conforme al procedimiento establecido en el art. 277 de dicha norma, considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 del ya citado Código Procesal Civil. En ese entendido corresponde realizar las siguientes consideraciones:

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Datos del proceso

Demandante
Walter Altamirano Caro y Nieves Altamirano Caro.
Demandado
Arminda Teresa Altamirano Caro y Jaqueline Rubin de Celis.
Proceso
Cancelación de Matricula.
Magistrado relator
Marco Ernesto Jaimes Molina
Tribunal Supremo de Justicia18 de abril de 2018AS/0275/2018-RAFuente oficial