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TSJ

AS/0276/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de junio de 2006Social 2daMag. Juan José González Osio
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 276

Sucre, 20 de junio de 2.006

DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Social.

PARTES: Alfredo Azaeda Durán c/ Empresa "Remolques Vera".

MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio.

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VISTOS: El recurso de nulidad y/o casación de fs. 107-108, interpuesto por el demandado José Ignacio Vera Alarcón, propietario de la empresa "Remolques Vera", contra el auto de vista Nº 93/2002 de 20 de marzo de 2002 (fs. 104) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; dentro del proceso social seguido por Alfredo Azaeda Durán contra el recurrente, los antecedentes del proceso; la respuesta de fs. 110; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Santa Cruz, emitió la sentencia de 6 de noviembre 2001 (fs. 62-63), declarando probado el derecho demandado a fs. 5-6, con costas, disponiendo el pago de Bs. 16.223,82.- a favor del actor, por concepto de desahucio, indemnización, aguinaldo en duodécimas, vacación en duodécimas y sueldo devengado. En grado de apelación, por auto de vista Nº 93/2002 de 20 de marzo de 2002 (fs. 104), fue confirmada la Sentencia apelada, con costas.

Este fallo motivó el recurso de nulidad y/o casación (fs. 107-108), en el que se hace un análisis del expediente, a manera de alegato y fundamenta los hechos presuntamente ocurridos en el caso presente, solicitando que "... se revoque la sentencia y se haga una liquidación conforme a derecho en el presente proceso".

CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es una nueva demanda de puro derecho, debe contener los requisitos enumerados en el Art. 258 del Pdto. Civil; además de fundamentar por separado de manera precisa y concreta cuáles son las causas que motivan la casación en la forma o en el fondo, no siendo suficiente la simple cita de disposiciones legales, sino demostrar en qué consiste la infracción que se acusa.

Que, a este efecto de la revisión del recurso se colige que, el recurrente no cumplió los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, en este caso de fundamentar su recurso, porque no cita ninguna disposición legal presuntamente infringida, no precisa de qué manera se hubiera incurrido en la violación, aplicación indebida o interpretación errónea, menos alega ni demuestra error de hecho o de derecho que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente como si se tratara de un memorial de conclusiones, realiza un relato intrascendente de escaso contenido jurídico, sin especificar causales de casación o nulidad.

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Datos del proceso

Demandante
Alfredo Azaeda Durán
Demandado
Empresa "Remolques Vera".
Proceso
Social.
Magistrado relator
Juan José González Osio
Tribunal Supremo de Justicia20 de junio de 2006AS/0276/2006Fuente oficial