Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 276-E Sucre 9 de marzo de 2007
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES : Ministerio Público c/ Braulio Suarez Rosa y otros.
Tráfico de sustancias controladas.
(Extinción de la acción penal)
Sucre, 9 de marzo de 2007
VISTOS: Los recursos de casación de Fs. 773 a 774 Vlta., 775 y Vlta., 777 a 778, 783 a 786 Vlta., 787 a 790, 791 a 792 Vlta., 808 a 809, interpuestos por Braulio Suarez Rosa, Hilarion Duran Mamani, Celestino Coa Choque y Antonio Arriaga Zarate, Francisco Araujo, Osvaldo Gutierrez Rios, Eufronio Arancibia Ortuste, y Carlos Hugo Céspedes Justiniano, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 52 de 26 de febrero de 2000 de fojas 768 a 771 Vlta., pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Publico contra los recurrentes y otros, por el delito de tráfico de sustancias controladas, los antecedentes, requerimientos fiscal de fojas 833 a 835 y 871 a 872, y
CONSIDERANDO: Que, es deber y facultad de los órganos jurisdiccionales, a pedido de parte o de oficio, verificar el transcurso del plazo en relación a la duración del proceso, y cuando corresponda declarar extinguida la acción penal, tomando en cuenta los parámetros señalados en la S. C. Nº 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 y la S. C. Nº 0079/04 de 29 de septiembre de 2004, como son: la revisión términos objetivos y verificables los orígenes o motivos de la dilación del proceso, determinando si la no conclusión del proceso dentro el plazo máximo establecido es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida a los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal y no a acciones dilatorias de la parte imputado o procesado, así como la complejidad del juicio (pluralidad de imputados, concurso y clase de delito), la existencia o no de declaratoria de rebeldía, suspensión de audiencia por inasistencia de los imputados o sus defensores, uso indiscriminado de recursos sin previsión -incidentes, excepciones- con fines dilatorios, antecedentes delictivos, afectación del daño, imprescriptibilidad y si están considerados dentro los delitos de lesa humanidad.
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