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TSJ

AS/0277/2010

Tribunal Supremo de Justicia
23 de agosto de 2010Civil IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Civil I
Año
2010

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 277 Sucre: 23 de Agosto de 2010

Expediente: Nº 69 - 09 - S.

Partes: Sonia Silvia David Ortiz de Aliss c/ Elina Isabel Molina Balladares

Distrito: Cochabamba.

VISTOS: El memorial de fs. 209 y vlta., presentado por Freddy Alex Magariños Egüez en representación de Sonia Silvia David Ortiz de Aliss, dentro del proceso ordinario de Desocupación y Entrega de inmueble que instauró, contra Elina Isabel Molina Balladares, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO: Mediante memorial de fs. 209 y vlta., Freddy Alex Magariños Egüez, se apersona mediante testimonio de poder Nº 497/2010 Cochabamba, en representación de la demandante Sonia Silvia David Ortiz de Aliss, presentando desistimiento de recurso de casación formulado contra el Auto de Vista Nº 238/2009 de 22 de septiembre de 2009, cursante de fs. 175 a 176 vlta., amparando su petición en lo previsto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, que entre otras cosas dispone que el desistimiento del recurso de casación producirá la ejecutoria del Auto de Vista y que todo Tribunal de apelación o casación lo aceptará sin más trámite con costas, en base y cumpliendo la normativa citada corresponde dar curso a dicha solicitud sin más trámite.

POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la facultad conferida por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, ACEPTA el desistimiento planteado por Freddy Alex Magariños Egüez en representación de Sonia Silvia David Ortiz de Aliss y declara ejecutoriado el Auto de Vista Nº 238/2009 de 22 de septiembre de 2009, con costas.

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Criterio

la demandante , presentando desistimiento de recurso de casación formulado contra el Auto de Vista Nº 238/2009 de 22 de septiembre de 2009, cursante de fs. 175 a 176 vlta., amparando su petición en lo previsto por el art. 307 del Código de Procedimiento Civil, que entre otras cosas dispone que el desistimiento del recurso de casación producirá la ejecutoria del Auto de Vista y que todo Tribunal de apelación o casación lo aceptará sin más trámite con costas, en base y cumpliendo la normativa citada corresponde dar curso a dicha solicitud sin más trámite.

Datos del proceso

Demandante
Sonia Silvia David Ortiz de Aliss
Demandado
Elina Isabel Molina Balladares
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Elementos comunes de procedimiento / Conclusión extraordinaria del proceso / Desistimiento
Tribunal Supremo de Justicia23 de agosto de 2010AS/0277/2010Fuente oficial