Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 277
Sucre, 09 de mayo de 2024
Expediente: 159-2024
Demandante Iris Roxana García Jimenez
Demandado: Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL)
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Nuria Gisela Gonzáles Romero
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 406 a 409, deducido por Efraín Condori Mayta, en representación legal de la Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL), en virtud del Poder especial de representación N° P-013/2022 de 10 de enero, otorgado ante la Notaria de Fe Pública N° 60, correspondiente al Distrito Judicial de La Paz, a cargo de Miriam Aguilar Quisbert (fojas 185 a 192), impugnando el Auto de Vista N° 229/2023 de 4 de diciembre, pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, (fojas 387 a 394), dentro del proceso social de cobro de beneficios sociales, seguido por Iris Roxana García Jiménez contra la recurrente; el Auto N° 054/2024 de 9 de febrero (fojas 415), que concedió el recurso; el Auto de 14 de marzo de 2024 que admitió el recurso (fojas 422), los antecedentes del proceso y,
CONSIDERANDO I.
I.1.Antecedentes del proceso. Sentencia.
Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Novena de La Paz, emitió la Sentencia N° 442/202 de 24 de octubre (fojas 318 a 323 y vuelta), declarando PROBADA EN PARTE la demanda de pago de beneficios sociales interpuesta en el memorial de fojas 13 a 16, sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley N° 1178 y art. 52 de D.S. N° 23215.
En consecuencia, dispuso que la demandada, Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL), a través de su representante legal, pague, a favor de la demandante, los beneficios y derechos sociales, conforme la siguiente liquidación:
TIEMPO DE TRABAJO:
PRIMER PERIODO Del 01/03/2016 al 31/12/2016.
10 meses
SEGUNDO PERIODO Del 01/04/2017 al 31/05/2017
2 meses
TERCER PERIODO Del 01/06/2017 al 30/09/2017
4 meses
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE:
PRIMER PERIODO Bs. 5.433,00.-
SEGUNDO PERIODO Bs. 5.433,00.-
TERCER PERIODO Bs. 5.433,00.-
INDEMNIZACIÓN:
PRIMER PERIODO Bs. 4.527,50.-
TERCER PERIODO Bs. 1.811,00.-
DESAHUCIO
PRIMER PERIODO Bs. 16.299,00.-
INCREMENTO SALARIAL 2017 (2 meses):
SEGUNDO PERIODO Bs. 760,62.-
DUODECIMAS AGUINALDO 2016 MÁS MULTA
PRIMER PERIODO Bs. 9.055,00.-
DUODECIMAS AGUINALDO 2017 MÁS MULTA
TERCER PERIODO Bs. 3.692,00.-
TOTAL: Bs. 36.075,12.-
Dispuso asimismo, que el monto determinado deberá ser actualizado en UFV., más la correspondiente imposición de multa del 30% en ejecución de sentencia, conforme dispone el artículo 9 del Decreto Supremo N° 28699 de 1 de mayo de 2006.
I.2. Auto de Vista.
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 229/2023 de 4 de diciembre (fojas 387 a 394), la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, REVOCÓ EN PARTE la Sentencia N° 442/2023 de 24 de octubre (fojas 318 a 323 y vuelta), modificando la liquidación de la siguiente manera.
IRIS ROXANA GARCÍA JIMENEZ
Tiempo de Servicios: 1 año, seis meses y 29 días
Fecha de Ingreso: 01 de marzo de 2016
Fecha de Retiro: 30 de septiembre de 2017
Salario Promedio Indemnizable Bs. 5.433.-
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