Texto del fallo
SALA PENAL PRIMERA
AUTO SUPREMO: No. 278 Sucre 17 de agosto de 2005
DISTRITO: Cochabamba
PARTES : Ministerio Público y otra c/ Boris Omar Valdes Álvarez y otros. Homicidio en riña a consecuencia de agresión.
VISTOS: el recurso de casación de fojas 358 y vuelta, interpuesto por Ronald Butron Marzana, impugnando el Auto de Vista de 8 de junio de 2005 de fojas 350 a 355, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Publico y Antonia Gonzáles de Tintaya contra Boris Omar Valdes Álvarez, Gustavo Rolando Tovar Ramírez, Israel Isaac Jofre Villarroel y Ronald Butron Marzana, por el delito de homicidio en riña a consecuencia de agresión, previsto por el Art. 259 del Código Penal; y,
CONSIDERANDO: que, para la admisibilidad del recurso de casación se deben cumplir los requisitos formales exigidos por los Arts. 416 y 417 de la Ley Nº 1970, debiendo el recurrente interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares estableciendo la contradicción de una o más normas sustantivas y adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado.
CONSIDERANDO: que, Ronald Butron Marzana, recurre de casación a fojas 358 y vuelta, impugnando el Auto de Vista de 8 de junio de 2005 de fojas 358 y vuelta, que anula totalmente la sentencia pronunciada de fojas 242 a 245 y ordena la reposición del juicio por otro Tribunal de Sentencia; observando en su único punto:
Que, el Tribunal Ad quem ha considerado como prueba valedera el video obtenido en base a un procedimiento ilegal, determinación que contravine el Art. 172 del Código de Procedimiento Penal.
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