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TSJ

AS/0278/2011

Tribunal Supremo de Justicia
14 de septiembre de 2011Civil IMag. Angel Irusta Pérez
Proceso
Sala
Civil I
Año
2011

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Texto del fallo

S A L A C I V I L

Auto Supremo: Nº 278 Sucre: 14 de Septiembre de 2011.

Expediente: Nº 142 - 09 - S.

Partes: Aníbal Chávez Galicio c/ Wilma Ascarraga Vda. de Chávez

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: La solicitud de homologación del acuerdo transaccional de fojas 651 y vuelta, presentada por Wilma Ascarraga Vda. de Chávez, en el proceso ordinario sobre nulidad de proceso y título de adjudicación municipal, nulidad de traspaso de acciones de la CRE Ltda. y nulidad de declaratoria de herederos, interpuesto por Aníbal Chávez Galicio, contra la peticionante e hijos, los antecedentes que cursan el expediente, y:

CONSIDERANDO: Que, la codemandada Wilma Ascarraga Vda. de Chávez, acompañado el acuerdo transaccional de fojas 645 a 649, suscrito en la ciudad de Santa Cruz el 13 de mayo de 2010, mediante memorial de fojas 651 y vuelta, pide su respectiva homologación y la devolución del expediente al juzgado de origen para que se proceda al archivo de obrados.

Que, de acuerdo a lo establecido por la norma del artículo 945 del Código Civil, la transacción es un contrato por el cual las partes mediante concesiones reciprocas dirimen sus derechos para poner fin a litigios comenzados o por comenzar. Norma legal que se efectiviza con la presentación del convenio al Juez o Tribunal, el cual se limitará a examinar si se han cumplido con los requisitos establecidos en la ley para la validez de la transacción y en su caso homologarla. En el caso presente la acción de nulidad de proceso y título de adjudicación municipal, nulidad de traspaso de acciones de la CRE Ltda., y nulidad de declaratoria de herederos, interpuesto por Aníbal Chávez Galicio, de acuerdo a los datos del proceso y el documento transaccional de fojas 645 a 649, está dirigida en contra de Wilma Ascarraga Vda. de Chávez, Carlos Alberto Chávez Ascarraga, Rosalyn Chávez Ascarraga, José Stalin Chávez Ascarraga, Juan Gabriel Chávez Ascarraga y Fátima Chávez Ascarraga, es decir contra seis codemandados, de los cuales al margen de Wilma Ascarraga Vda. de Chávez y sus hijos menores de edad Juan Gabriel Chávez Ascarraga y Fátima Chávez Ascarraga, comparecieron al proceso de forma independiente y separada los codemandados Carlos Alberto Chávez Ascarraga, Rosalyn Chávez Ascarraga, José Stalin Chávez Ascarraga, demandando el respeto de sus derechos, al extremo que cursa de fojas 616 a 619 un recurso de casación y de nulidad por parte de la codemandada Rosalyn Chávez Ascarraga. Consiguientemente, si las partes querían finalizar el litigio a través de una de las formas extraordinarias de conclusión del proceso como es la transacción, en la suscripción de dicho documento debían necesariamente intervenir todos los sujetos procesales involucrados en la demanda y no solamente la codemandada Wilma Ascarraga Vda. de Chávez.

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Datos del proceso

Demandante
Aníbal Chávez Galicio
Demandado
Wilma Ascarraga Vda. de Chávez
Magistrado relator
Angel Irusta Pérez
Tribunal Supremo de Justicia14 de septiembre de 2011AS/0278/2011Fuente oficial