Texto del fallo
SALA CIVIL LIQUIDADORA
Auto Supremo: Nº 278
Sucre: 20 de junio de 2013
Expediente: SC-49-08-S
Procesos: Accion Reivindicatoria y otros
Partes: Martiniano Caballero Caero c/ Rosa Ortíz de Justiniano
Distrito: Santa Cruz
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
VISTOS: Los Recursos de Casación de fojas 238 a 240 vuelta y 243 a 244 vuelta interpuesto por Roberto Justiniano Baldivieso y Rosa Ortíz de Justiniano, respectivamente, contra el Auto de Vista cursante a fojas 234 a 235 vuelta, de fecha 12 de noviembre de 2007, pronunciado por la Sala Civil Primera de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso ordinario sobre ACCION REIVINDICATORIA y otros seguido por Martiniano Caballero Caero contra Rosa Ortíz de Justiniano, la contestación a los recursos de fojas 246 a 247 vuelta y 248 a 249 vuelta, los antecedentes del proceso y el auto de concesión del recurso de fojas 250 vuelta; y,
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que en la tramitación de la causa, el Juez de Partido 8º en lo Civil y Comercial de Santa Cruz, pronunció sentencia en fecha 28 de marzo de 2007 cursante de fojas 206 a 210 de obrados, declarando PROBADA en parte la demanda en lo que se refiere a la reivindicación, desocupación y entrega de inmueble e improbada en cuanto a la pretensión de pago de daños y perjuicio y levantamiento de cualquier mejora introducida; e improbada la demanda reconvencional en cuanto a la usucapión decenal y pago de daños y perjuicios y probada en lo referente a la declaratoria de propiedad de las mejoras introducidas. En consecuencia se dispone que en ejecución de sentencia, la demandada proceda a la desocupación y entrega del inmueble objeto de la litis a su legítimo propietario Martiniano Caballero Caero, otorgándosele el plazo de quince días computables a partir de la ejecutoria de la presente sentencia, plazo dentro del cual, igualmente, el actor deberá cubrir a favor de la demandada, el valor de las mejoras y servicios introducidos, sea mediante valuación pericial, sin costas.
Que, en grado de apelación incoada por la demandada y esposo de ésta, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial de Santa Cruz, confirma la sentencia apelada, con costas.
CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN.- Roberto Justiniano Baldivieso, esposo de la demandada y la demandada Rosa Ortiz, interponen por separado recurso de casación, los mismos que se resumen a continuación:
i.- Roberto Justiniano Baldivieso, indica recurrir en el fondo y forma, aunque sólo hace una breve exposición sobre el fondo, manifestando que hubo interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, que siendo esposo de la demandada y ser propietario del bien ganancial (mejoras realizadas en el lote), no se interpuso demanda contra él, existiendo una clara violación al debido proceso.
ii.- Del mismo modo, la demandada Rosa Ortíz de Justiniano, recurre de casación en el fondo y forma, exhibiendo en su memorial sólo en el fondo, indicando haber cumplido con lo establecido por el artículo 87 del Código Civil, posesión adquirida del dirigente del Barrio hace más de 13 años atrás, demostrando la usucapión demandada, interpretando erróneamente el artículo 138 del Código Civil, así como el 1453 del mismo cuerpo legal, pues la reivindicación implica que el propietario haya sido desposeído contra su voluntad, haciendo que éste recupere la posesión de la cosa, contrariamente en el presente caso el demandante nunca estuvo en posesión del lote demandado.
CONSIDERANDO III:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN.- Que, sometido el expediente y recursos de casación a una revisión minuciosa, es importante realizar las siguientes consideraciones:
a) En cuanto al recurso interpuesto por Roberto Justiniano Baldivieso:
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