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TSJReiteradora

AS/0278/2019

Tribunal Supremo de Justicia
3 de junio de 2019Social 1eraMag. Maria Cristina Diaz Sosa

Derecho del Trabajo / Derecho Procesal del Trabajo / Recursos / Casación / Improcedencia /Infundado / Carencia recursiva

El recurrente manifiesta sobre la fecha de la sentencia, el Tribunal ad quem, refiere que la misma fue corregida por el Juez de primera instancia a momento de realizar la aclaración, complementación y enmienda, afirmando que se trató de un error de forma que no afecta el contenido de la misma; sin e...

Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Sala
Social 1era
Año
2019

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA

Auto Supremo Nº 278

Sucre, 3 de junio de 2019

Expediente : 062/2019

Demandante : Walter Frank Balboa Trujillo

Demandado : Empresa de Correos de Bolivia “ECOBOL”

Proceso : Beneficios Sociales

Departamento : La Paz

Magistrada Relatora : María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación de fs. 588 a 589 vta., interpuesto la Empresa de Correos de Bolivia (ECOBOL), por intermedio de su representante legal Francisco García Angelo, impugnando el Auto de Vista Nº 181/18 de 30 de octubre, cursante de fs. 578 a 580, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso por pago de beneficios sociales seguido por Walter Frank Balboa Trujillo contra la institución recurrente; el Auto de fs. 594 que concedió el recurso de casación; el Auto de 27 de febrero de 2019 de fs. 602 vta., que admitió el recurso, el Acuerdo 009/2019 de 24 de abril, de fs. 607 vta.; los antecedentes del proceso; y:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

Sentencia

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social Primero del departamento de La Paz, pronunció la Sentencia 59/2018 de 15 de mayo, cursante de fs. 528 a 531 vta., que declaró probada en parte la demanda de fs. 117 a 122 vta, disponiendo que ECOBOL, a través de su representante legal, cancele a favor de Walter Frank Balboa Trujillo, la suma de Bs.335.706,40 (trescientos treinta y cinco mil setecientos seis 40/100 bolivianos), de acuerdo a la liquidación efectuada.

Auto de Vista

En grado de apelación deducido por ambas partes procesales a su turno, la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista 181/18 de 30 de octubre, que confirmó la Sentencia apelada.

Argumentos del recurso de casación

La entidad recurrente, por intermedio de su representante legal, manifiesta que:

a) El Tribunal de alzada no sólo ignoró el hecho que la autoridad de primera instancia, determinó el pago de vacaciones de forma ultrapetita, sino también omitió considerar que las vacaciones no pueden ser acumulables, conforme lo estipula el DS 12058 de 24 de diciembre de 1974 y DS 12059 de la misma fecha, respaldada de igual forma por el art. 33 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo.

Por otro lado, la prueba considerada y citada en la Resolución impugnada, consiste en solicitudes de vacación de las gestiones 2007 a 2013; empero, en ningún momento se hizo referencia a las gestiones 2013 a 2014, no pudiendo el Tribunal ad quem de manera discrecional, respaldar el accionar del Juez a quo de incluir dichas gestiones, con un argumento que no fue empleado por nadie, sin justificación ni fundamento, lo que vulnera el derecho y garantía del debido proceso en su vertiente fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales.

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Máxima

CARENCIA RECURSIVA/No es suficiente la simple cita de disposiciones constitucionales o legales, sino demostrar en que consiste la infracción que se acusa, tratándose de cuestiones de derecho se debe efectuar una crítica legal de la resolución impugnada ya que el recurso de casación es una cuestión de responsabilidad entre la ley y sus infractores.

Datos del proceso

Demandante
Walter Frank Balboa Trujillo
Demandado
Empresa de Correos de Bolivia “ECOBOL”
Proceso
RECURSO DE CASACIÓN/BENEFICIOS SOCIALES
Magistrado relator
Maria Cristina Diaz Sosa

Precedente

Artículo 274.3 del Código Procesal Civil

Tribunal Supremo de Justicia3 de junio de 2019AS/0278/2019Fuente oficial