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TSJ

AS/0279/2021-RA

Tribunal Supremo de Justicia
30 de junio de 2021Penal
Proceso
Despojo y Perturbación de Posesión
Sala
Penal
Año
2021

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA PENAL

AUTO SUPREMO Nº 279/2021-RA

Sucre, 30 de junio de 2021

Expediente : Santa Cruz 22/2021

Parte Acusadora : Wilver Glinde Justiniano Tuero

Parte Imputada : Isabel Salvatierra Moreno y Víctor Hugo Melgar Becerra

Delitos : Despojo y Perturbación de Posesión

RESULTANDO

Por memorial presentado el 2 de marzo de 2021, cursante de fs. 294 a 296, Wilver Glinde Justiniano Tuero, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista N° 65 de 9 de octubre de 2020, de fs. 281 a 285, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el recurrente, contra Isabel Salvatierra Moreno y Víctor Hugo Melgar Becerra, por la presunta comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

Por Sentencia N° 03/2020 de 18 de febrero (fs. 253 a 262), el Juzgado 6° de Sentencia en lo Penal de la Capital con asiento en la “Villa 1° de Mayo” del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, falló declarando a los imputados Isabel Salvatierra Moreno y Víctor Hugo Melgar Becerra, absueltos de la comisión de los delitos de Despojo y Perturbación de Posesión, previstos y sancionados por los arts. 351 y 353 CP, con costas a considerarse en ejecución de sentencia.

Contra la mencionada Sentencia, el querellante Wilver Glinde Justiniano Tuero (fs. 263 a 266), formuló recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista N° 65 de 9 de octubre de 2020 (fs. 281 a 285), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisibilidad e improcedencia del recurso de apelación restringida.

Por diligencia de 23 de febrero de 2021 (fs. 287), el recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 2 de marzo del mismo año interpuso el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. SOBRE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

El recurrente haciendo una relación de los hechos y denunciando que hubo posesión con acciones de hecho, violencia y amenazas, manifiesta que no obstante haber demostrado la pertinencia de la prueba respecto a su derecho propietario, acusa que el Tribunal de alzada no habría tomado en cuenta tales pruebas, que no existe valoración probatoria con aplicación de los elementos la sana crítica, justificación y fundamentación adecuada de las razones por las cuales habrían otorgado un determinado valor en base a la apreciación conjunta y armónica de toda la prueba, atentando contra los principios de objetividad, proceso justo e imparcialidad.

Concluye, afirmando que no obstante a existir prueba documental y testifical de cargo, el Auto de Vista impugnado sólo se habría basado en las pruebas de descargo y no así en las de cargo, más cuando habría explicado en forma clara que el Juez de Sentencia no valoró las pruebas de cargo, hechos que demostrarían que el Tribunal de alzada no valoró correctamente la fundamentación efectuada en el recurso de apelación restringida.

III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE

CASACIÓN

El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP.

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Datos del proceso

Demandante
Wilver Glinde Justiniano Tuero
Demandado
Isabel Salvatierra Moreno y Víctor Hugo Melgar Becerra
Proceso
Despojo y Perturbación de Posesión
Tribunal Supremo de Justicia30 de junio de 2021AS/0279/2021-RAFuente oficial