Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 283
Sucre, 3 de junio de 2019
Expediente : 189/2018
Demandante : Mabel Vásquez Barea
Demandado : Corporación del Seguro Social Militar
Proceso : Pago de beneficios sociales y derechos laborales
Distrito : La Paz
Magistrado Relator : Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: El recurso de casación, de fs. 59 a 60, interpuesto por la Corporación del Seguro Social Militar (COSSMIL), representada por el Cnl. DAEN Roberto René Alarcón Loza, contra el Auto de Vista N° 212/2017-SSA-I de 20 de septiembre, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a fs. 57; dentro del proceso de pago de beneficios sociales y derechos laborales, promovido por Mabel Vásquez Barea contra la entidad recurrente; el memorial de respuesta al recurso, de fs. 62 a 64; el Auto Nº 7/18 SSA-I de 19 de marzo de 2018 (fs. 65), que concedió el recurso; el Auto de 1 de junio de 2018 (fs. 71), por el cual se declaró admisible el recurso; los antecedentes procesales; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Sentencia.
La Juez Cuarta del Trabajo, Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 057/2017 de 13 de marzo, de fs. 40 a 45, declarando probada en parte la demanda de fs. 5 a 8 y subsanada a fs. 11; disponiendo que la corporación demandada, cancele a favor de la actora la suma de Bs.216.947,90.- (doscientos dieciséis mil novecientos cuarenta y siete 90/100 bolivianos), por concepto de beneficios y derechos laborales detallados en ese fallo; incluida en este monto, la multa del 30% prevista en el D.S. Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Auto de Vista.
En conocimiento de la Sentencia, la COSSMIL interpuso recurso de apelación, de fs. 47 a 48; que fue resuelto por el Auto de Vista N° 212/2017-SSA-I de 20 de septiembre, emitido por la Sala Social, Seguridad Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, a fs. 57, confirmando la Sentencia emitida primera instancia.
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Notificado con el Auto de Vista, el Cnl. DAEN Roberto René Alarcón Loza en representación de la COSSMIL, formuló recurso de casación, señalando lo siguiente:
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