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TSJ

AS/0288/2007

Tribunal Supremo de Justicia
4 de mayo de 2007Social 1eraMag. Beatriz Sandoval
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2007

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 20/06

AUTO SUPREMO Nº 288 - Administrativo Sucre, 04 de mayo de 2007.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Francesco Rinald Totora c/ SENASIR

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VISTOS: Elrecurso de nulidad o casación en el fondo de fojas 107 a 108, interpuesto por Francesco Rinald Totora, contra el Servicio Nacional del Sistema de Reparto SENASIR, representado por Walter Castillo Guerra, contra el auto de vista Nº 299/2005 - SSA-II de 2 de diciembre de 2005, cursante a fojas 105, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso administrativo de reclamación, sobre calificación de Renta Única por Riesgo Profesional, planteado por el recurrente, el dictamen fiscal de fojas 127 a 126, los antecedentes procesales; y,

CONSIDERANDO I: Que, en el trámite sobre calificación de Renta Única por Riesgo Profesional, solicitado por Francesco Rinald Totora, la Comisión Calificadora de Rentas, dictó la Resolución Nº 006966 de 21 de junio de 2004 (fojas 55 a 54), por la cual desestima la Renta Única de Riesgo Profesional, solicitada por el indicado asegurado Francesco Rinald Totora, a raíz de ello interpone el Recurso de reclamación el 23 de junio de 2004 a fojas 60 a 59, pidiendo la revocatoria de la misma, y la Comisión de Reclamación mediante resolución Nº 012.05 de fecha 3 de febrero de 2005 (fojas 65 a 63, repetida a 87 a 85), confirmó la Resolución recurrida, cursante a fojas 55 a 54, que deniega la renta solicitada, resolución con la que fue notificado el interesado Francesco Rinald Totora el 4 de febrero de 2005 a horas 12:35 (fojas 63 vuelta), y declarada ejecutoriada la resolución que desestima el petitorio de renta por Auto de 14 de febrero de 2005 a fojas 66, en base a un informe verbal de uno de los funcionarios de esa entidad, en el sentido que no se interpuso el recurso de apelación en el plazo previsto por el Art. 228 del Código de Seguridad Social.

Francesco Rinald Totora, el 14 de febrero de 2005, a horas 13:01, interpone recurso de apelación contra la Resolución Nº 012.05 de 3 de febrero de 2005 de fojas 65 a 63, repetida a fojas 87 a 85 de obrados, recurso que fue concedido por auto de fojas 90-A, repetido a fojas 92, el que a la vez deja sin efecto el auto que declaró ejecutoriada la resolución que desestima o rechaza la solicitud de renta de Francesco Rinald Totora (fojas 66).

La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a través del auto de vista Nº 299/2005 SSA - II de 2 de diciembre de 2005 (fojas 105), anula obrados hasta el auto de concesión de la apelación de 22 de abril de 2005 (fojas 90-A), declarando ejecutoriada la resolución impugnada.

Contra el auto de vista referido de fojas 105, Francesco Rinald Totora (fojas 107 a 108), interpone el recurso de nulidad o casación de fojas 107 a 108; alegando:

Que el Tribunal de alzada para emitir el auto de vista objeto del recurso, aplicó erróneamente los Arts. 228 del Código de Seguridad Social, 525 de su reglamento, los que quedaron sin efecto por determinación del Art. 69 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 de 23 de abril de 2002, vigente para el presente caso, y de la Ley de Pensiones Nº 1732 de 29 de noviembre de 1996, refiriendo, que el plazo para la presentación del recurso de apelación se halla establecido en los Arts. 19 y 20 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 de 23 de abril de 2002, y que su recurso fue presentado dentro del plazo previsto en las citadas normas legales.

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Datos del proceso

Demandante
Francesco Rinald Totora
Demandado
SENASIR
Magistrado relator
Beatriz Sandoval
Tribunal Supremo de Justicia4 de mayo de 2007AS/0288/2007Fuente oficial