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TSJ

AS/0290/2004

Tribunal Supremo de Justicia
14 de septiembre de 2004Social 1era
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2004

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 179/01

AUTO SUPREMO Nº 290 - Social Sucre, 14 de septiembre de 2004.

DISTRITO: La Paz

PARTES: Andres Fernandez Poma y otros. c/ CORDEPAZ.

RELATORA: MINISTRA DRA.- Virginia Kolle Caso.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 174 de obrados, interpuesto por Andrés Fernández y Lino Villegas, contra el Auto de Vista pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, que REVOCÓ la Sentencia y declaró IMPROBADA la demanda de fs. 62-63 y ampliatorias de fs. 68 y 74 y PROBADA la excepción perentoria de prescripción opuesta a fs. 81-82, sin costas, dentro del proceso social seguido por los recurrentes en representación de varios ex trabajadores de la ex Corporación Regional de Desarrollo del Departamento de La Paz, contra la Prefectura de dicho Departamento; los antecedentes del proceso, el dictamen fiscal de fs. 179, y

CONSIDERANDO: Que examinado el recurso, se tiene que los recurrentes omitieron considerar que el recurso de casación se equipara a una demanda nueva de puro derecho y que su planteamiento debe reunir ciertos requisitos indispensables, habiendo infringido por ello el básico inherente a la norma prevista por el inciso 2) del artículo 258 del Código de Procedimiento Civil, pues, incumplieron su inexcusable obligación de citar en términos claros, concretos y precisos contra qué resolución recurrieron, en qué folio del expediente se encuentra, qué ley o leyes fueron violadas o aplicadas falsa o erróneamente en el referido Auto de Vista, omitieron especificar en qué consiste la violación, falsedad o error, y si se trata de recurso de casación en el fondo, en la forma o en ambos, circunstancias que frente a la inexistencia de identificación de la resolución recurrida y los argumentos concernientes a la presunta existencia de error de derecho en la "interpretación" de las pruebas y principios procesales que rigen el proceso laboral referidos a la confesión provocada e inversión de la prueba previstas en las normas de los artículos 3-h) y 167 del Código Procesal del Trabajo y el alegato de una omisión legal que afecta sus derechos laborales, sin especificar si esas "omisiones" sustentan la nulidad o la casación del proceso y al haber solicitado sólo la admisión del recurso y remisión del expediente ante éste Tribunal, implica que esos fundamentos sean insuficientes para abrir la competencia del mismo, para ingresar al examen de fondo del recurso.

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Datos del proceso

Demandante
Andres Fernandez Poma y otros.
Demandado
CORDEPAZ.
Tribunal Supremo de Justicia14 de septiembre de 2004AS/0290/2004Fuente oficial