Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 292/2014
Sucre, 02 de julio de 2014
Expediente : La Paz 4/2014
Parte acusadora : Alex Estefan Aramayo Raña
Parte imputada : Yuri José Bustillos Bautista
Delito : Giro Defectuoso de Cheque
RESULTANDO
Por Resolución 398/2013 de 29 de noviembre, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituido en tribunal de garantías, deja sin efecto el Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio; y, Yuri José Bustillos Bautista e Iván Azurduy Carranza por memoriales de 14 y 22 de noviembre de 2013, cursantes de fs. 626 a 634 y 642 a 695 vta., interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 205/2013 de 11 de octubre de fs. 606 a 611, pronunciado dentro del proceso seguido por Alex Estefan Aramayo Raña contra Yuri José Bustillos Bautista, por la presunta comisión del delito de Giro Defectuoso de Cheque, previsto y sancionado por el art. 205 del Código Penal (CP).
I. ANTECEDENTES PROCESALES
De la revisión de los antecedentes del proceso se evidencia que por memoriales de 29 de abril de 2013, de fs. 553 a 557 y de 17 de mayo del mismo año, de fs. 573 a 578 vta., Alex Estefan Aramayo Raña y Yuri José Bustillos Bautista, formularon recursos de casación contra el Auto de Vista 54/2013 de 18 de marzo, de fs. 539 a 543, que motivaron el pronunciamiento del Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio, que procedió al examen de admisibilidad y el posterior Auto Supremo 191/2013-RRC de 22 de julio, que resolvió el fondo del asunto; en cuyo mérito, se emitió el Auto de Vista 205/2013 de 11 de octubre, de fs. 606 a 611, recurrido también de casación por Yuri José Bustillos Bautista por memorial presentado el 14 de noviembre de 2013, de fs. 626 a 634 y por Iván Azurduy Carranza en representación de Alex Estefan Aramayo Raña por escrito de 22 de noviembre de la presente gestión, que cursa de fs. 642 a 695 vta.
También se evidencia que por Auto 398/2013 de 29 de noviembre, cuya copia cursa de fs. 652 a 656 vta., la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en conocimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por Yuri José Bustillo Bautista contra los integrantes de la Sala Penal Segunda de este Tribunal, resolvió otorgar parcialmente la tutela constitucional demandada; en consecuencia, dejó sin efecto el Auto Supremo 168/2013-RA de 13 de junio, disponiendo la emisión de una nueva resolución que realice el juicio de admisibilidad respecto a los recursos formulados en los meses de abril y mayo de la gestión 2013; motivo por el cual, previo el informe de Secretaria de Sala a fs. 657, por providencia de 24 de marzo de 2014, que corre a fs. 360, se ordenó que la causa pase a despacho para dictar resolución en la consideración de admisión, únicamente de los recursos de casación interpuestos contra el Auto de Vista 54/2013 de 18 de marzo, dejando constancia que los recursos de casación interpuestos contra el Auto de Vista 205/2013 de 11 de octubre, no serían considerados por efecto de la referida resolución de amparo constitucional.
Mostrando 13 de 26 parrafos.