Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0292/2015

Tribunal Supremo de Justicia
4 de mayo de 2015CivilMag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Declaración Judicial de Paternidad.
Sala
Civil
Año
2015

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA S A L A C I V I L

Auto Supremo: 292/2015 - L

Sucre: 4 de Mayo2015

Expediente: CH-29-10-A

Partes: Daniela Celene Claure Villarroel c/ Nery Justiniano Cossio, Julio

Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto

Rojas Justiniano

Proceso: Declaración Judicial de Paternidad.

Distrito: Chuquisaca

VISTOS: El recurso de casación en el fondo y en la forma de fs. 110 a 112 y vta., interpuesto por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Rojas, contra el Auto de Vista No. SCI-069 de 8 de marzo de 2010 de fs. 83 a 86, pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca (hoy Tribunal Departamental), en el proceso de Reconocimiento Judicial de Paternidad, seguido por Daniela Celene Claure Villarroel, contra Nery Justiniano Cossio, Julio Fernando Rojas Justiniano, Juan Pablo Rojas Justiniano, Jorge Roberto Rojas Justiniano, concesión de fs. 118, los antecedentes del proceso y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

El Juez Cuarto de Partido de Familia de Sucre, dictó Auto Interlocutorio de fecha 21 de diciembre de 2009 cursante de fs. 41 vta. a 42 vta. (Testimonio), por el que rechaza la objeción efectuada por Julio Ariel Coronado López en representación de Julio Fernando Rojas Justiniano, contra puntos de hecho a ser demostrados por la demandante y por los demandados, manteniéndose incólume el Auto de relación procesal de fs. 66 (del cuaderno original).

Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por José Roberto Rojas Justiniano, mediante memorial de fs. 45 y vta. (del Testimonio).

En mérito a esos antecedentes la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de Chuquisaca (hoy Tribunal Departamental) emitió el Auto de Vista cursante de fs. 83 a 86, por el que ANULA TOTALMENTE el Auto No. 025 de 5 de febrero de 2010, ordenando que el juez de la causa proceda al archivo de obrados, quedado a salvo el derecho de la parte demandante para que lo ejerza de acuerdo a los términos del artículo 65 de la Constitución Política del Estado y/o iniciar la acción ordinaria de comprobación de paternidad.

Resolución que dio lugar al recurso de casación en el fondo y en la forma, interpuesto por parte de Julio rojas por intermedio de su apoderado Julio Ariel Coronado López, que se analiza.

CONSIDERANDO II:

Mostrando 17 de 33 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Daniela Celene Claure Villarroel
Demandado
Nery Justiniano Cossio, Julio
Proceso
Declaración Judicial de Paternidad.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Por carencia recursiva / Por equivocar el planteamiento del recurso de casación en la forma y el fondo
Tribunal Supremo de Justicia4 de mayo de 2015AS/0292/2015Fuente oficial