Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 293 Sucre 3 de junio de 2003
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Ministerio Público c/ Juan James Edmundo Schuartz Cortez
suministro de sustancias controladas.
MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
VISTOS: Los recursos de casación interpuestos a fs. 241 por Pablo Francisco Salleces Grillos, a fs. 243-244 por Juan James Edmundo Schuartz Cortez y a fs. 245 por Jerónimo Herbas Loza, impugnando el Auto de Vista de fs. 238-239 vlta. dictado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Santa Cruz en fecha 6 de marzo de 2002, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Juan James Edmundo Schuartz Cortez, por el delito de suministro de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 250- 251, y
CONSIDERANDO: Que a fs. 211-215 de obrados cursa la sentencia dictada por el Tribunal a-quo que falla declarando al imputado Juan James Edmundo Schuartz Cortez autor del delito de suministro de sustancias controladas, previsto y penado por el art. 51 de la Ley 1008, condenándolo a la pena de ocho años de presidio en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz, pago de 500 días multa a razón de Bs. 1.- día más costas, daños y perjuicios a favor del Estado.
Respecto a los bienes incautados conforme señala el art. 104 de la Ley 1008, al haberse demostrado su derecho propietario y no tener participación en el hecho sometido a juzgamiento, se ordena la devolución a sus legítimos dueños de los bienes que se indican a continuación:
Inmueble sito en barrio El Trompillo, calle Nicómedes Antelo No. 218 , incluyendo todos los muebles y enseres, incautado según acta de fs. 14, a María Luisa Cortez de Schuartz, quien adjuntó documentos que acreditan su derecho a fs. 109 a 111 y 121 de obrados.
Automóvil marca Volswagen, color plomo placa SAY-866, acta de incautación de fs. 20, al propietario Pablo Francisco Salleces Grillos, en mérito a la documentación de fs. 151-168.
Automóvil Toyota color blanco placa SWT-143, acta de incautación de fs. 21 a su propietaria Jenny Carrillo, quien demuestra su derecho a fs. 93-94 de obrados.
Automóvil Volswagen-Passat, de color rojo placa No. STK-023 a Jerónimo Herbas Loza, quien demostró su derecho propietario por documentos cursantes a fs. 176-187.
Se confisca definitivamente el revólver calibre 38mm marca Tauros de fabricación brasilera, incautada según acta de fs. 33 a favor de la F.E.L.C.N.
CONSIDERANDO: Elevado el proceso ante el Tribunal de segunda instancia al haber sido apelada verbalmente la sentencia a tiempo de darse lectura, tanto por el fiscal como por el procesado, el Tribunal ad-quem al constar que el procesado no se apersonó ni fundamentó su recurso, se le conmino otorgándole seis días para fundamentar su apelación, mediante auto de fs. 236, a efecto de lo establecido en el art. 286 del Código de Procedimiento Penal.
A fs. 238-239 de obrados cursa el Auto de Vista que confirma la sentencia condenatoria pronunciada en contra de Juan James Edmundo Schuartz Cortez; revoca lo referente a la devolución de los vehículos Nissan Sunny Placa SAY-866 y Volswagen Passat placa STK-023, en aplicación del art. 71 de la Ley 1008, disponiendo su confiscación definitiva a favor del Estado. y mantiene en lo demás la sentencia apelada de fs. 211- 215 de obrados.
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