Texto del fallo
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA I
AUTO SUPREMO No. 294-Social Sucre, 10 de agosto de 2002.
DISTRITO: Santa Cruz
PARTES: Freddy Chávez Pedraza c/ Industrias "La Belgica" S.A.
RELATOR: MINISTRO DR.- Eduardo Rodríguez Veltzé.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 135-138, interpuesto por Armengol Arnez Gutiérrez, por Industrias "La Bélgica" S.A., contra el Auto de Vista de fs. 131-132, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso social seguido por Freddy Chávez Pedraza, contra la Empresa recurrente; los antecedentes del proceso, dictamen de fs. 144 que invoca el art. 34 del Código Procesal del Trabajo y,
CONSIDERANDO: Que es obligación del Tribunal de casación en relación con los jueces de alzada y de primera instancia, revisar de oficio la observancia de disposiciones que regulan la correcta tramitación y conclusión del proceso. Del examen de obrados se advierte que a fs. 130 cursa la excusa del Vocal Walter Muñoz Arteaga quien, en 12 de abril de 2000 y adjuntando antecedentes, invoca las causales 5ta. y 9na. del art. 3 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997. No obstante de estar así presentada la excusa, con los efectos inhibitorios previstos por el art. 4 de la citada disposición, el Vocal Muñoz Arteaga participa en la resolución de la causa, viciando de nulidad lo obrado conforme previene el art. 254-2) del Código de Procedimiento Civil.
Con estos antecedentes, son de aplicación los arts. 252, 254-2) y 7) y 275 del Código de Procedimiento Civil, conforme a la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, debiendo disponerse la anulación del proceso con reposición hasta el vicio más antiguo.
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