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TSJ

AS/0294/2011

Tribunal Supremo de Justicia
11 de mayo de 2011Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Penal I
Año
2011

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 294

Fecha : Sucre, 11 de mayo de 2011

Expediente : Nro. 236/08

Distrito : La Paz

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por el procesado, Darío León Gómez (fs. 659 a 660), impugnando el Auto de Vista Nº 85/2008 de 14 de octubre de 2008 (fs. 641 a 643), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Acusación Particular del Ministerio de la Presidencia de la República y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos contra Darío León Gómez, Benito Mamani Ojeda, Sergio Yanaguaya y Claudia Ortiz Chambi, por los delitos de Robo Agravado y Asociación Delictuosa, previstos y sancionados por los arts. 332 inciso 2) y 132 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal de Sentencia Tercero de El Alto, Departamento de La Paz, dictó la Sentencia Nº 268/2007, de 7 de diciembre de 2007 (fs. 463 a 468), que declaró al procesado, Darío León Gómez, autor de la comisión de los delitos de Robo Agravado y Asociación Delictuosa, y lo condenó a la pena privativa de libertad de ocho años de reclusión a cumplir en la Penitenciaría de "San Pedro"; Sentencia que apelada por el procesado, fue confirmada mediante Auto de Vista Nº 85/2008 de 14 de octubre de 2008 (fs. 641 a 643), emitido por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz. Contra dicho Auto de Vista, el procesado interpuso Recurso de Casación cuya admisibilidad ahora se examina.

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Criterio

El Recurso de Casación mencionado, no cumple ni reúne el requisito de procedencia previsto por el art. 416 del Código de Procedimiento Penal; por cuanto, si bien es cierto que dicho Recurso fue presentado en el término de ley, y que invocó como precedentes contradictorios las citadas Resoluciones; no es menos evidente que, por una parte, los Autos Supremos indicados anteriormente no corresponden a hechos fácticos afines al caso que ahora se examina

Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad / Por no invocar precedentes contradictorios
Tribunal Supremo de Justicia11 de mayo de 2011AS/0294/2011Fuente oficial