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TSJ

AS/0295/2014

Tribunal Supremo de Justicia
1 de septiembre de 2014Social 1eraMag. Pastor Segundo Mamani Villca
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2014

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

AUTO SUPREMO No 295

Sucre, 01 de septiembre de 2014

Expediente : 141/2014

Demandante : Eduardo Nieves

Demandada : Industrias Agrícolas de Bermejo dependiente

de la ex - Prefectura de Tarija

Distrito : Tarija

Magistrado Relator : Dr. Pastor Segundo Mamani Villca

VISTOS: El recurso de casación de fs. 112 a 114 vta. interpuesto por Sergio Fernández Espíndola en representación de Eduardo Nieves, contra el Auto de Vista No 110/2014 de 12 de junio (fs. 105 a 109 vta.), pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; dentro de la demanda de pago de beneficios sociales seguida por Eduardo Nieves contra Industrias Agrícolas de Bermejo dependiente de la ex - Prefectura del Departamento de Tarija; la respuesta de fs. 117 a 118; el Auto interlocutorio No 59/2014 de 8 de julio (fs. 118 vta. a 119) que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

1.1 Demanda y excepción perentoria de prescripción

Sergio Gregorio Fernández Espíndola y Carlos Cecilio Arias en representación de Eduardo Nieves por memorial de fs. 10 a 11 vta., impetran pago de beneficios sociales, acción que dirigen contra la Gobernación del Departamento de Tarija; citada la entidad demandada, a través del memorial de fs. 28 a 29, responde la acción en forma negativa y oponiendo excepción perentoria de prescripción.

1.2 Sentencia

Concluido el proceso, el Juez de Partido Primero del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Judicia de Tarija, pronunció la Sentencia de 12 de junio de 2012 (fs. 75 a 77 vta.), declarando improbada la demanda y probada la excepción de prescripción, sin costas.

1.3 Auto de Vista

En conocimiento de la Sentencia, el demandante interpuso recurso de apelación (fs. 80 a 82), que fue resuelto mediante el Auto de Vista hoy impugnado pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que confirmó totalmente la Sentencia.

1.4 Motivo del recurso de casación

De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivo del mismo, lo siguiente:

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Datos del proceso

Demandante
Eduardo Nieves
Demandado
Industrias Agrícolas de Bermejo dependiente
Magistrado relator
Pastor Segundo Mamani Villca
Tribunal Supremo de Justicia1 de septiembre de 2014AS/0295/2014Fuente oficial