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TSJ

AS/0297/2013

Tribunal Supremo de Justicia
7 de junio de 2013Civil IMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Divorcio
Sala
Civil I
Año
2013

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

S A L A C I V I L

Auto Supremo: 297/2013

Sucre: 07 de Junio 2013

Expediente: LP-43-13-S

Partes: Pablo Lovera Román. c/ Martha Licidio Flores

Proceso: Divorcio

Distrito: La Paz

VISTOS: El recurso de casación en el fondo, interpuestos por Pablo Lovera Román y por la demandada Martha Licidio Flores, contra el Auto de Vista Nº 315/2012 de fecha 31 de agosto de 2012, cursante de fs., 177 a 178, pronunciado por la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia deLa Paz, dentro del proceso de divorcio, seguido por Pablo Lovera Román contra Martha Licidio Flores, los antecedentes procesales; y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Gloria Noemí Ticona Gironda en representación de Pablo Lovera Román, interpone demanda de Divorcio contra Martha Licidio Flores, fundada en la causal establecida en el art. 131 del Código de Familia, indicando que se encuentra separado de la demandada desde el año 2001, en forma libre y continuada, señala también que durante la vida matrimonial de ambos procrearon tres hijos, mismos que al momento de interposición de la demanda, ya cuentan con la mayoría de edad y con familias constituidas. Que, la demandada instauro proceso de asistencia familiar ante el Centro Integrado de Justicia del Distrito dos de esa ciudad, en la que se fijó asistencia en la suma de Bs. 500.

Citada la demandada reconviene por la causal 130 núm. 1) del Código de Familia, así mismo manifiesta que ella le otorgó dinero a su esposo para que pudiese ingresar a trabajar a la Empresa minera Inti Raymi, de la que percibe la suma de 8.000 a 10.000 Bs. mensuales; que el mismo dispuso tres lotes de terreno adquiridos en vigencia de la unión conyugal, sin su consentimiento y que al presente padece de enfermedades a consecuencia del trabajo que realizó para mantener a su familia, menoscabo en su salud que limita su trabajo y por consiguiente sus ingresos.

Tramitado el proceso el Juez de Partido Tercero de Familia de El Alto de la ciudad de La Paz pronuncia Sentencia declarando probada la demanda principal por la causal del art., 131 del Código de Familia e improbada la reconvención, por consiguiente disuelto el vínculo matrimonial que une a los esposos, además de homologar la Resolución Nº 933/2011, que fijó asistencia familiar para la cónyuge en la suma de Bs. 500. Contra la referida Sentencia ambas partes interponen recurso de apelación y la Sala Civil Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronuncia Auto de Vista Nº 315/2012, de fecha 31 de agosto del 2012, por el que se confirma la Sentencia impugnada, con la modificación del quantum de la asistencia familiar que debe brindar el demandante a su ex esposa, en la suma de Bs. 300. Contra dicha Resolución, Pablo Lovera Román por su parte y Martha Licidio Flores interponen recurso de casación en el fondo.

CONSIDERANDO II:

DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN:

Del recurso de casación en el fondo interpuesto por Pablo Lovera Román.

1.- Que, el Tribunal de Alzada, pese a considerar aspectos no valorados por la Juez A-quo no repuso el agravio, pues de igual forma lo condeno a pasar la asistencia familiar aunque en un monto inferior al dispuesto en sentencia. Así mismo manifiesta que según lo previsto por el art. 389 la asistencia debe fijarse sólo hasta que dure el litigio, hecho que ya aconteció con el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia.

2.- Que, habiendo la sentencia disuelto el vínculo conyugal, por la causal establecida en el art. 131 del Código de Familia, esto es, por separación libre y continuada por más de 2 años, lo que supone culpa de ambos cónyuges, no hay lugar a la asistencia familiar.

3.- Por otra parte este mismo artículo en su última parte dispone que se asignara una pensión de asistencia al cónyuge que la necesite, sin embargo en el curso del proceso se acreditó que la beneficiaria no necesita del mismo porque tiene otra pareja quien la ayuda económicamente, hijos que también la apoyan económicamente y no tiene descendencia que mantener, al margen de no tener ninguna incapacidad para procurarse su manutención.

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Datos del proceso

Demandante
Pablo Lovera Román.
Demandado
Martha Licidio Flores
Proceso
Divorcio
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran

Descriptores

Derecho Civil / Derecho Procesal Civil / Recursos / Recurso de Casación / Improcedencia / Infundado / Resoluciones contra las que no procede
Tribunal Supremo de Justicia7 de junio de 2013AS/0297/2013Fuente oficial