Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 298/2019-RA
Sucre, 08 de mayo de 2019
Expediente: Santa Cruz 33/2019
Parte Acusadora: Carolina Edith Aranda Tapia
Parte Imputada: Freddy Jonathan Aquino Chávez
Delitos: Apropiación Indebida y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de febrero de 2019, Virginia Gonzales Sillo en su condición de Apoderada legal de la empresa INDUVIS SRL, de fs. 349 a 354, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 08 de 5 de febrero de 2019, de fs. 293 a 297 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente contra Freddy Jonathan Aquino Chávez, por la presunta comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del Código Penal (CP), respectivamente.
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 4/2018 de 13 de junio (fs. 204 a 208 vta.), el Juez Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Freddy Jonathan Aquino Chávez, absuelto de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza, previstos y sancionados por los arts. 345 y 346 del CP, dejando sin efecto las medidas cautelares que se hubiesen impuesto.
Contra la referida Sentencia, la parte querellante (fs. 238 a 255), interpuso recurso de apelación restringida, que fue resuelto por Auto de Vista 08 de 5 de febrero de 2019, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada.
Por diligencia de 7 de febrero de 2019 (fs. 299), la parte recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista; y, el 14 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
Denuncia la parte recurrente la falta de motivación del Auto de Vista impugnado, al no tomar en cuenta los puntos observados en apelación restringida, referidos al defecto de Sentencia contenido en el inc. 6) del art. 370 del CPP.
Cita de forma parcial, doctrina contenida en el Auto Supremo “312 de 1 13 de julio de 2003” (sic).
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
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