Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 299/2007 FECHA: 10 de octubre de 2007
EXP. N°: 195/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Interpuesto por la Compañía Eléctrica Sucre Sociedad Anónima (CESSA) contra la Superintendencia General del Sistema de Regulación Sectorial.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso contencioso administrativo seguido por José Román Anave León, en representación legal de la Compañía Eléctrica Sucre Sociedad Anónima (CESSA), impugnando la Resolución Administrativa 1039 de 13 de marzo de 2006 pronunciada por el Superintendente General del Sistema de Regulación Sectorial, el Informe de la Ministra Tramitadora Emilse Ardaya Gutiérrez; y,
CONSIDERANDO: Que de la revisión de obrados se evidencia que con providencia de fojas 43, emitida el 17 de junio de 2006, este Tribunal Supremo admitió la demanda presentada y que a partir de esa fecha la Empresa demandante no se apersonó a instar la prosecución del proceso, carga procesal que le correspondía; en consecuencia, su inactividad procesal por más de seis meses, ha dado lugar a la perención prevista por el parágrafo I del artículo 309 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución conferida por el numeral 1) del artículo 4 del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCIÓN de la instancia.
No intervienen el Decano Jaime Ampuero García y el Ministro Hugo Roberto Suárez Calbimonte por encontrarse ausentes momentáneamente.
Regístrese. Héctor Sandoval Parada
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