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TSJ

AS/0299/2018

Tribunal Supremo de Justicia
2 de octubre de 2018Social 2daMag. Ricardo Torres Echalar
Proceso
Sala
Social 2da
Año
2018

Texto del fallo

SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA

ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y

ADMINISTRATIVA

SEGUNDA

Auto Supremo Nº 299/2018

Sucre, 02 de octubre de 2018

Expediente: SC-CA.SAII-LP. 115/2017

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar

VISTOS:

El recurso de casación de fs. 175 a 176 y vta., la contestación y adhesión de fs. 178 a 181 y vta. interpuesto por Roberto Alarcón Loza en su calidad de Gerente General de Cossmil y Ronald Pariapaz Arias, respectivamente, contra el Auto de Vista Nº 9/2016 de 21 de enero, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social de pago de beneficios sociales, seguido por Ronald Pariapaz Arias, contra Cossmil, el Auto de 15 de febrero que concedió el recurso, el Auto Supremo N° 115/2017-A de 30 de marzo que lo admitió, los antecedentes del proceso; y,

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO.

I.1.- Sentencia.

Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto de Trabajo y Seguridad Social de la Capital, emitió la Sentencia Nº 64/2014 de 19 de marzo (fojas 97 a 101), declarando PROBADA EN PARTE la demanda, de fojas 13 a 17, subsanada a fs. 20 de obrados en lo que respecta al pago de indemnización por 6 años y 26 días, aguinaldo, incrementos salariales, bono de antigüedad y multa por incumplimiento, por lo que se conminó a pagar a favor del actor el monto de Bs. 26.094,49 de acuerdo con el siguiente detalle:

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.497,00

Tiempo de trabajo: 6 años y 26 días

Indemnización: Bs. 15.159,86

Desahucio: Bs. 25.660,8

Aguinaldo: Bs. 461,16

Incrementos salariales (2010 y 2011): Bs. 17.939,60

Bono de antigüedad: Bs. 3.058,08

SUB TOTAL Bs. 36.573,70

Menos finiquito de fs. 87 Bs. 16.501,01

Bs. 20.072,69

Multa del 30% Bs. 6.021,80

TOTAL A PAGAR: Bs. 26.094,49

I.2.- Auto de Vista.

En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 9/2016 de 21 de enero (fs. 167 a 168 y vta.), la Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó en parte la Sentencia Nº 64/2014 de 19 de marzo, sin costas por lo que pronunciándose en el fondo se declaró Probada en parte la demanda de fs. 13 a 17, subsanada a fs. 20 de obrados, en virtud a ello se ordenó al demandado proceda a cancelar los beneficios a su ex trabajador de acuerdo con el siguiente detalle:

Tiempo de trabajo: 6 años y 26 días

Sueldo promedio indemnizable: Bs. 2.497,00

Bono antigüedad 89,65

Incremento salarial (11%) 110,00

Haber promedio Bs. 2.696,65

Aguinaldo (4 meses y 6 días): Bs. 3.278,88

Indemnización Bs. 16.374,65

Aguinaldo (2meses) Bs. 449,44

Incremento salarial 2010 (6%-10 meses) Bs. 407,60

Incremento salarial 2011 (11% - 1año) Bs. 1.075,80

Incremento salarial 2012 (11% - 2 meses) Bs. 220,00

Bono antigüedad Bs. 2.163,00

Sub total Bs. 20.663,49

Menos lo pagado Bs. 16.501,01

TOTAL Bs. 4.162

Multa 30% Bs. 1.248,74

TOTAL A CANCELAR Bs. 5.410,74

Que, del referido Auto de Vista, Roberto René Alarcón Loza, Gerente General de Cossmil y Ronald Pariapaz Arias, interpusieron recurso de casación de fojas 175 a 176 y vta. y 178 a 182, en los que se señalan los siguientes argumentos:

II.- FUNDAMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN.

II.1.- Primer recurso.- En el fondo.-

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Magistrado relator
Ricardo Torres Echalar
Tribunal Supremo de Justicia2 de octubre de 2018AS/0299/2018Fuente oficial