Texto del fallo
SALA PLENA
AUTO SUPREMO: 300/2007 FECHA:10 de octubre de 2007
EXP. N°: 13/2006
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Sociedad de Responsabilidad Limitada FULEXIT contra la
Superintendencia Tributaria General.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por María Elena Saavedra Ferrufino en representación legal de la Sociedad de Responsabilidad Limitada FULEXIT contra el Superintendente Tributario General, en la que impugna la Resolución STG-RJ/0278/2006 de 4 de octubre de 2006, los antecedentes del proceso, el Informe de la Ministra Tramitadora Emilse Ardaya Gutiérrez; y
CONSIDERANDO: Que mediante providencia de fojas 45, se otorgó a la demandante el plazo de diez días, computables desde la notificación y bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda, para que a) presentara documentación fehaciente que acredite la fecha de notificación con la resolución impugnada y b) el Certificado de FUNDEMPRESA.
Que dicha disposición fue comunicada mediante cédula fijada el 6 de febrero del año en curso, en la Secretaría de Cámara de la Sala Plena, domicilio procesal señalado en la demanda, según se evidencia de la diligencia de notificación cursante a fojas 46.
Que de acuerdo al informe emitido por la Secretaria de Cámara de la Sala Plena, la demandante no ha dado cumplimiento a lo dispuesto, habiendo vencido el plazo para hacerlo, por lo que corresponde aplicar la sanción prevista por la última parte del artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, tiene POR NO PRESENTADA la demanda, disponiendo el archivo de obrados.
No intervienen los Ministros José Luis Baptista Morales y Hugo Roberto Suárez Calbimonte, por encontrarse ausentes momentáneamente.
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