Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0303/2009

Tribunal Supremo de Justicia
15 de mayo de 2009Penal IMag. Ivan Manolo Lima Magne
Proceso
Sala
Penal I
Año
2009

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 303 Sucre, 15 de mayo de 2009

DISTRITO: Cochabamba

PARTES:Ministerio Público c/ Rubén Darío Bautista Gironda y otro

Homicidio (Declara Inadmisible el recurso de casación)

< < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < < <

Sucre, 15 de mayo de 2009

VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Rubén Darío Bautista Gironda de fs. 392 a 394, impugnando el Auto de Vista Nº 418 de 9 de octubre de 2006 de fs. 349 a 351 vlta. y auto de fs. 365, pronunciado por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y otro, por el delito de homicidio previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal, los antecedentes; y,

CONSIDERANDO: Que, el procesado Rubén Darío Bautista Gironda en su recurso de casación de fs. 392 a 394, señala que la muerte de la víctima no fue consecuencia directa de su conducta, encuadrándose la misma en el delito de lesión seguida de muerte prevista en el art. 273 del Código Penal. Al efecto cita el Auto Supremo Nº 754 de 24 de noviembre de 2000.

Por otro lado, denuncia que el auto de vista recurrido consideró elementos no demostrados en juicio, como las heridas de 60 y 70 cm. y la prueba pericial MP-11.

Finalmente, citando las actas de incautación y reconstrucción así como el placario fotográfico indica que el auto de vista recurrido no fundamentó su decisión, violando el art. 124 del Código de Procedimiento Penal.

Con estos fundamentos, solicita al máximo tribunal dejar sin efecto el auto de vista recurrido.

CONSIDERANDO: Que, del análisis y cotejo de los recursos de casación se llega a las siguientes conclusiones:

Mostrando 13 de 25 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

Por todo lo expuesto, no existiendo contradicción entre el auto de vista recurrido y el precedente contradictorio invocado, en los términos exigidos por el art. 417 párrafos segundo y último del Código de Procedimiento Penal, así como no es evidente defecto absoluto alguno en el auto de vista recurrido, corresponde declarar inadmisible el recurso intentado.

Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Rubén Darío Bautista Gironda y otro
Magistrado relator
Ivan Manolo Lima Magne

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia15 de mayo de 2009AS/0303/2009Fuente oficial