Texto del fallo
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 304 Sucre 18 de mayo de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carlos Paiva Crispín y otra c/ Carmelo Chávez López y otra,
estelionato y estafa ( responsabilidad civil )
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
CONSIDERANDO: Que a fs. 367-369 cursa la sentencia pronunciada por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal, de la ciudad de La Paz, que falla, declarando probada la demanda de responsabilidad civil, calificando la misma en la suma de treinta y un mil trescientos ochenta y dos dólares americanos, 31.382 $us., o su equivalente en moneda Nacional, que deben cancelar Carlos Chávez López y Matiasa Laruta de Chávez, en veinte cuotas mensuales de 1569 $us., cada uno a razón de 784,50 $us. o su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio del día de pago, a partir de la ejecutoria del presente fallo, en aplicación del art. 327 y siguientes del Código de Procedimiento Penal.
Elevada la sentencia en grado de apelación, el tribunal de alzada por A.V. de fs. 394 de fecha 29 de abril de 2002, confirma la sentencia de daño civil calificado a fs. 367-369 de obrados, fallo que es recurrido de casación a fs. 397 por los condenados, acusando haberse transgredido el art. 330 inc. 4) del Código de Procedimiento Penal.
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