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TSJ

AS/0304/2012

Tribunal Supremo de Justicia
4 de diciembre de 2012PlenaMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Homologación de Sentencia
Sala
Plena
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PLENA

AUTO SUPREMO: 304/2012.

EXP. N°: 478/2010.

PROCESO: Homologación de Sentencia

PARTES: Ana María Vaca Justiniano c/ Gustavo Gutiérrez Arias.

FECHA: Sucre, cuatro de diciembre de dos mil doce.

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de homologación para fines de ejecución de sentencia dictada en el extranjero de fs. 12, presentada por Ana María Vaca Justiniano, la sentencia de divorcio pronunciada por el Juzgado de Primera Instancia de Gotemburgo - Suecia, en fecha 13 de junio de 2001, la providencia de admisión, las citaciones edictuales, el apersonamiento y responde de la Defensora de Oficio y todo cuanto ver convino.

CONSIDERANDO: Que Ana María Vaca Justiniano, apersonándose ante la Corte Suprema de Justicia ahora Tribunal Supremo de Justicia, solicita homologación de la sentencia de divorcio pronunciada el 13 de junio de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia de Gotemburgo -Suecia, con constancia de ejecutoria de sentencia de fecha 4 de julio de 2.001, en la que se declaró disuelto el vínculo matrimonial de Ana María Vaca Justiniano y Gustavo Gutiérrez Arias, matrimonio celebrado en la ciudad de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento Santa Cruz, el 11 de enero de 1977, cursante a fs. 6 a 7, al cual se encuentra adjunto los antecedentes de la traducción de la sentencia de divorcio de fs. 9 y 10.

Que admitida la solicitud de homologación de sentencia mediante providencia de fs. 15, se dispuso la citación de Gustavo Gutiérrez Arias, mediante edictos, en base a la expresión de la impetrante, de desconocer el paradero de su ex cónyuge y los antecedentes emergentes del cumplimiento del art. 124. III del Código de Procedimiento Civil (CPC), no habiendo comparecido el citado, se le asignó una defensora de oficio en la persona de la Abog. Carmen Rosa Urdininea Bernal, quien mediante memorial de fs. 33, se apersona y responde afirmativamente a la solicitud de homologación de sentencia.

CONSIDERANDO: En la materia, los incisos 2), 4), 5) y 6) del art. 555 del Código de Procedimiento Civil (CPC), señalan que las resoluciones de los tribunales extranjeros podrán ser ejecutadas "cuando la parte condenada, con domicilio en Bolivia hubiere sido legalmente citada; que la resolución no contuviere disposiciones contrarias al orden público y se encontrare ejecutoriada de conformidad a las leyes del país donde hubiera sido pronunciada, reuniere los requisitos necesarios para ser considerada como resolución en el lugar donde hubiere sido dictada y que cumpla con las condiciones de autenticidad exigidas por la ley nacional"; presupuesto procesales que se encuentran cumplidos conforme se tiene acreditada mediante prueba documental idónea, adjunta en el expediente a fs. 1 a 10.

Al efecto, de la revisión de obrados se tiene que el Juzgado de Primera Instancia de Gotemburgo - Suecia, pronunció sentencia el 13 de junio de 2001, declarando disuelto el vínculo matrimonial de Ana María Vaca Justiniano y Gustavo Gutiérrez Arias, siendo este hecho adecuado a las exigencias de sus normas sustantivas, procede acordar la disolución del matrimonio celebrado el 11 de enero de 1977, en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz -Bolivia, concluyéndose también, que las normas invocadas en la sentencia cuya homologación se pretende, no son incompatibles con nuestro ordenamiento jurídico.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad reconocida por el numeral 8) del art. 38 de la Ley del Órgano Judicial y el artículo 557 del CPC, HOMOLOGA la sentencia de divorcio pronunciada el 13 de junio de 2001, por el Juzgado de Primera Instancia de Gotemburgo -Suecia, cursante a fs. 6, 7, 9 y 10 de obrados, disponiéndose su cumplimiento por ante el Juez de Partido de Turno de Familia de la ciudad de Santa Cruz, quien dispondrá la cancelación de la partida de matrimonio de la O.R.C. Nº 756, Libro 5, Partida Nº 184, Folio Nº 184, inscrita el 11 de enero de 1977, en la ciudad de Santa Cruz, Provincia Andrés Ibáñez del Departamento de Santa Cruz de la Sierra.

No intervienen las Magistradas Norka Natalia Mercado Guzmán y Rita Susana Nava Durán por encontrarse en viaje oficial y el Decano Jorge Isaac von Borries Méndez por ausencia.

Líbrese la respectiva provisión ejecutoria.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

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Datos del proceso

Demandante
Ana María Vaca Justiniano
Demandado
Gustavo Gutiérrez Arias.
Proceso
Homologación de Sentencia
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Internacional / Derecho Internacional Privado / Homologación
Tribunal Supremo de Justicia4 de diciembre de 2012AS/0304/2012Fuente oficial