Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0305/2005

Tribunal Supremo de Justicia
21 de octubre de 2005Social 1era
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2005

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 424/01

AUTO SUPREMO Nº 305 - Social Sucre, 21 de octubre de 2005.

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: Julio César Moro Canelas c/ GALAVISION S.R.L. Canal 4 de Televisión.

RELATOR: MINISTRO DR.- Alberto Ruiz Pérez.

VISTOS: El recurso de casación de fs. 112-113, interpuesto por Raúl Alberto Rodríguez Bianchiero, en representación de GALAVISION S.R.L. Canal 4 de Televisión, contra el Auto de Vista Nº 234/2001 de 27 de junio de 2001 de fs. 107 y Auto Complementario de 5 de julio de 2001 de fs. 110, dictado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz, dentro del proceso social que sigue en su contra Julio César Moro Canelas, los antecedentes y todo cuanto ver convino y se tuvo presente; y

CONSIDERANDO.- Que, tramitada la demanda social de fs. 17, el Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social, dictó la sentencia de 30 de marzo de 2001, declarando probada la demanda y ordenando a la empresa demandada que, a través de su representante, pague a favor del demandante la suma de veintitrés mil seiscientos 72/100 bolivianos (Bs.23.600,72.-), por concepto de desahucio, indemnización y duodécimas de aguinaldo y vacación. En apelación la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Santa Cruz dicta el Auto de Vista Nº 234/2001 de 27 de junio de 2001 y Complementario de 5 de julio de 2001, que cursan a fs. 107 y 110, respectivamente, que confirman la sentencia de fs. 90-91, decisión contra la cual el demandado interpone el recurso de casación o nulidad, invocando los arts. 253 incs. 1) y 3) y 254 inc. 7) del Código de Procedimiento Civil, acusando la violación de los arts. 16 de la Ley General del Trabajo, 9 del Decreto Reglamentario; D.S. Nº 19464 de 25 de marzo de 1983; 90 y 137 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil, pidiendo al Supremo Tribunal case el Auto de Vista recurrido o, en su caso, anule obrados hasta el vicio más antiguo.

En respuesta al recurso interpuesto, el demandante pide se lo declare infundado en razón de que el recurrente, durante la tramitación del proceso, no desvirtuó los motivos de su demanda conforme el mandato de los arts. 66 y 150 del Código Procesal del Trabajo, por una parte y, por otra, en lo que hace a la afirmación enunciativa de que su persona hubiere incurrido en abuso de confianza y apropiación indebida, manifiesta que su despido se debió a reestructuración administrativa y en ningún momento a las causales del art. 16 de la Ley General del Trabajo y 9 de su Reglamento.

CONSIDERANDO: Que, así planteado el recurso e ingresando a su análisis, se concluye que:

1.- El Auto de Vista impugnado que confirma la sentencia de fs. 90-91, resolviendo los aspectos cuestionados por el demandado en la apelación, con base a los datos del proceso estableció:

a).- El Juez, hizo una correcta valoración de las pruebas de cargo y de descargo aportadas, reconociendo en el cálculo de los beneficios demandados la inclusión del bono de producción acordado entre la empresa y el trabajador como parte de su salario, bono que en ocasión del juicio el demandado alega que debió ser pagado en la eventualidad de que la empresa lograra ciertas metas de producción que no se dieron, hecho afirmado pero no probado, por lo que, resolviendo este aspecto halló, así mismo, correctamente aplicadas las disposiciones contenidas en los arts. 153, 159, 161, y 166 del Código Procesal del Trabajo, dejando aclarado que la carga de la prueba correspondía a la empresa demandada de conformidad a lo dispuesto por los arts. 66 y 150 del precitado adjetivo laboral.

Mostrando 12 de 24 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
Julio César Moro Canelas
Demandado
GALAVISION S.R.L. Canal 4 de Televisión.
Tribunal Supremo de Justicia21 de octubre de 2005AS/0305/2005Fuente oficial