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TSJ

AS/0305/2006

Tribunal Supremo de Justicia
25 de agosto de 2006Penal IIMag. Rosario Canedo Justiniano
Proceso
Sala
Penal II
Año
2006

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Texto del fallo

SALA PENAL SEGUNDA

AUTO SUPREMO: No. 305 Sucre, 25 de agosto de 2006

DISTRITO: Beni

PARTES: Ministerio Público y otra c/ Roy Hugo Suárez Araúz y otro

Tentativa de asesinato

RELATORA: MINISTRA DRA. ROSARIO CANEDO JUSTINIANO

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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Roy Hugo Suárez Araúz y Luis Fernando Suárez Harasic de fojas 818 a 822 vuelta, impugnando el Auto de Vista de 7 de noviembre de 2005, dictado por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial del Beni de fojas 802 a 805 vuelta, dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público y Sonia Elena Suárez Araúz, contra los recurrentes por los delitos de tentativa de asesinato, lesiones graves y gravísimas, allanamiento de domicilio, amenazas y complicidad, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO: que una vez tramitado el proceso oral, público y contradictorio, el Tribunal de Sentencia de Riberalta, provincia Vacadíez del Departamento del Beni, pronunció la sentencia Nº 12/05 de fojas 735 a 741 en la que se absuelve a Roy Hugo Suárez Araúz, por los delitos de tentativa de asesinato, allanamiento de domicilio y lesiones graves y gravísimas, condenándolo a la pena privativa de libertad de dos años por encontrarlo culpable del delito de lesiones leves, a Luís Fernando Suárez Harasic, de los delitos de tentativa de asesinato, allanamiento de domicilio y amenazas con arma de fuego en grado de complicidad.

Que contra este fallo, el procesado Roy Hugo Suárez Araúz, mediante memorial de fojas 749 a 752, formula recurso de apelación restringida; de igual forma la acusadora particular Sonia Elena Suárez Araúz, de fojas 768 a 772, apela de la sentencia referida recursos que, luego de ser tramitados, fueron declarados: uno improcedente, y otro, parcialmente procedente, mediante Auto de Vista Nº 52/2005 de 7 de noviembre de 2005 cursante de fojas 785 a 788 vuelta, declarando a Roy Hugo Suárez Araúz culpable de los delitos de allanamiento y lesiones leves y a Luís Fernando Suárez Harasic culpable de los delitos señalados en grado de culpabilidad, imponiéndole, al primero de ellos, además de la pena ya impuesta en la sentencia, una multa equivalente a 300 días, a razón de Bs. 3.- por día y al segundo de los nombrados, a la pena de tres meses de privación de libertad y al pago de 30 días multa, a razón de Bs. 3.- por día.

CONSIDERANDO: que los procesados impugnan la referida resolución, señalando que se advierte en el fallo de "segunda instancia", la incorrecta valoración de la prueba y la no consideración de los argumentos de contestación del recurso de apelación restringida, incurriendo en defectos de la sentencia consistentes en:

a) La inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva, toda vez que el procesado Roy Hugo Suárez Araúz, habría actuado en legítima defensa, debiendo quedar exento de pena conforme a la previsión del artículo 11 del Código Penal.

b) La valoración defectuosa de la prueba, puesto que el a quo y el ad quem, no observaron el artículo 173 de la Ley 1970 omitiendo, además, realizar una adecuada fundamentación conforme a la previsión del artículo 124 del señalado Código de Procedimiento Penal en cuanto al valor asignado a cada elemento de prueba.

c) La existencia de contradicciones entre la parte dispositiva y la parte considerativa del Auto de Vista impugnado y, ante tales contradicciones, debió aplicarse el principio in dubio pro-reo.

Señalan en calidad de precedentes contradictorios, el Auto Supremo Nº 652/04, Nº 591/03 y Nº 590/03.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público y otra
Demandado
Roy Hugo Suárez Araúz y otro
Magistrado relator
Rosario Canedo Justiniano
Tribunal Supremo de Justicia25 de agosto de 2006AS/0305/2006Fuente oficial