Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
S A L A C I V I L
Auto Supremo: 305/2019-RA
Fecha: 03 de abril de 2019
Expediente: CB-29-19-S
Partes: Simona Chávez Ponce c/ Abraham Chávez Ponce y otros.
Proceso: Reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria y
reivindicación.
Distrito: Cochabamba.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 191 a 194, presentado por Abraham Chávez Ponce, impugnando el Auto de Vista REG/SMCFNA/SENT.27/2018 pronunciado el 2 de julio, por la Sala Mixta Civil, Familia, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 185 a 188) en el proceso ordinario de reconocimiento de mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación, seguido por Simona Chávez Ponce contra Abraham Chávez Ponce y otros, contestación de fs. 199 a 201, Auto de concesión de 18 de marzo de 2019 cursante a fs. 202; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Simona Chávez Ponce demandó a Abraham Chávez Ponce y otros (fs. 11 a 12 vta.), por mejor derecho propietario, acción negatoria y reivindicación, los demandados mediante memoriales de fs. 9 a 21 vta. y de fs. 29 a 31 vta., contestaron negativamente a la demanda e interpusieron excepciones.
Tramitado el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia N°168/2016 de 26 de octubre, pronunciado por el Juez Público Mixto Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e instrucción Penal Nº 1 de Arani en el departamento de Cochabamba, cursante de fs. 114 a 118, que declaró PROBADA EN PARTE la demanda de reivindicación e improbadas las acciones de mejor derecho propietario y acción negatoria, improbadas las excepciones de improcedencia, ilegalidad, falsedad y prescripción opuesta por los demandados, ordenando la reivindicación del bien inmueble a favor de la demandante.
Resolución que generó apelación de la parte demandada mediante escrito de fs. 128 a 131 vta.
2. El 2 de julio de 2018 la Sala Civil, Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dictó el Auto de Vista REG/SMCFNA/SENT.27/2018 pronunciado el 2 de julio, que CONFIRMÓ en su integridad la sentencia apelada.
3. Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Abraham Chávez Ponce, mediante memorial de fs. 191 a 194, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad.
CONSIDERANDO II:
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