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TSJ

AS/0308/2005

Tribunal Supremo de Justicia
27 de octubre de 2005Social 1era
Proceso
Sala
Social 1era
Año
2005

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA

Expediente Nº 402/05

AUTO SUPREMO Nº 308 - Social (Desistimiento) Sucre, 27 de octubre de 2005.

DISTRITO: Cochabamba

PARTES: Víctor Hugo Mendoza Salazar c/ Empresa "Jacaranda".

VISTOS Y CONSIDERANDO: El memorial de fs. 148, presentado por María Alicia del Carmen Canedo de Baptista en representación de Jorge Marcelo Vásquez Chávez y Víctor Hugo Mendoza Salazar, cuya personería se reconoce, por el cual formula desistimiento del recurso de casación interpuesto por Jorge Marcelo Vásquez Chávez, dentro del presente proceso laboral seguido por Víctor Hugo Mendoza Salazar contra la Empresa "Jacarandá" (Exp. Nro. 402/2005).

Que, según prevé del artículo 307 del Código de Procedimiento Civil, el desistimiento del recurso de casación produce la ejecutoria del Auto de Vista, correspondiendo al Tribunal aceptarlo sin más trámite, sin que exista la necesidad de aceptación de parte contraria. Sin embargo de ello, el presente desistimiento se lo considera expresamente aceptado por el demandante, en mérito al tenor del testimonio de Poder otorgado en forma conjunta con el representante legal de la empresa demandada en favor de la presentante.

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Datos del proceso

Demandante
Víctor Hugo Mendoza Salazar
Demandado
Empresa "Jacaranda".
Tribunal Supremo de Justicia27 de octubre de 2005AS/0308/2005Fuente oficial