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TSJ

AS/0308/2013

Tribunal Supremo de Justicia
9 de julio de 2013Civil LiquidadoraMag. Elisa Sánchez Mamani
Proceso
Resolución De Contrato De Venta y Otros
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 308

Sucre: 9 de julio de 2013

Expediente: P-26-08-S

Proceso: Resolución De Contrato De Venta y Otros

Partes: Miguel Mateo Vera Solares c/ de Mario Jorge Cano Cruz

Distrito: Potosí

Magistrada Relatora: Dra. Elisa Sánchez Mamani

I. VISTOS.

1.- El recurso de casación en la forma, interpuesto por Mario Jorge Cano Cruz, de fojas 248 a 249, contra el Auto de Vista Nº 138 de 3 de junio de 2008, de fojas 240 a 242 vuelta, y el Auto complementario de fojas 244 vuelta, pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar de la entonces Corte Superior del Distrito de Potosí, en el proceso ordinario de resolución de contrato de venta, más daños y perjuicios seguido por Miguel Mateo Vera Solares en contra de Mario Jorge Cano Cruz, los antecedentes y;

II. CONSIDERANDO:

2.1. Antecedentes del proceso.- Mediante sentencia de fecha 20 de marzo de 2008, de fojas 133 a 139 de obrados, se declara probada en parte la demanda de fojas 34 a 35 en lo relativo a la resolución contractual e improbada con relación a la procedencia de pago de perjuicios, sin costas.

Que, en grado de apelación, interpuesto por Mario Jorge Cano Cruz, de fojas 149 a 154 de obrados, la Sala Civil, Comercial y Familiar de la entonces Corte Superior del Distrito de Potosí, por Auto de Vista Nº 138 de 3 de junio de 2008, revoca la sentencia apelada y deliberando en el fondo declara improbada la demanda, y por Auto complementario de fojas 244 vuelta se deniega la complementación solicitada por el demandado, hoy recurrente.

Contra el referido Auto de Vista y su complementario, por memorial cursante de fojas 248 a 249, Mario Jorge Cano Cruz, interpone recurso de casación en la forma, que se compendia a continuación.

III. CONSIDERANDO:

3.1.- Recurso de casación.- El recurrente, en su recurso extraordinario de casación en la forma, alega que el Tribunal ad quem habría omitido el artículo 5 de la Constitución Política del Estado y los artículos 199, 198-I, 200 y 201 del Código de Procedimiento Civil, al no haber condenado en costas y regulado honorarios profesionales en primera instancia por haberse declarado improbada la demanda en su totalidad, e invocando los artículos 254-4), 257 del Código de Procedimiento Civil, pide que “deliberando en la forma solo de la parte recurrida referida a las costas en primera instancia, case el Auto de Vista y establezca los honorarios profesionales”.

Mostrando 16 de 32 parrafos.

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Datos del proceso

Demandante
Miguel Mateo Vera Solares
Demandado
de Mario Jorge Cano Cruz
Proceso
Resolución De Contrato De Venta y Otros
Magistrado relator
Elisa Sánchez Mamani
Tribunal Supremo de Justicia9 de julio de 2013AS/0308/2013Fuente oficial