Texto del fallo
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL LIQUIDADORA
Auto Supremo : 308/2014
Fecha : 05 de septiembre de 2014
Distrito : Potosí
Expediente : 17/11
Partes : Ministerio Público, Angel Arturo Subieta y Norka Jacqueline Cortez Barrios C/ Lola Sandra Urizar Vargas y Severo Perez Llampa
Delito : Falsedad Material
Recurso : Casación
VISTOS: El Recurso de Casación presentado por Lola Sandra Uriza de Montero de fs. 343-346, impugnando el Auto de Vista SPS Nº 005/2011de 4 de abril, de fs. 318-320 y vta., emitido por la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de Potosí, dentro del Proceso Penal seguido por el Ministerio Público, Angel Arturo Subieta y Norka Jacqueline Cortez Barrios contra Lola Sandra Urizar Vargas y Severo Perez Llampa por la presunta comisión del Delito de Falsedad Material , previstos y sancionados por los arts. 336 Abuso de Firma en Blanco, con relación al 23 del Código Penal, los antecedentes de lo obrado; y,
CONSIDERANDO I: (De los Actos Procesales).- Que, de la revisión de los antecedentes y actuados cursantes en el cuaderno procesal venido en Casación se establece lo siguiente:
I.1.De la Acusación Fiscal y de la tramitación del Juicio Oral, Público y Contradictorio.- Que, el Ministerio Público, Angel Arturo Subieta Flores presentaron Acusación Particular, conforme se evidencia de fs. 5-9 y 17-19 de obrados en contra de Lola Sandra Urizar Vargas y Severo Pérez Llampa, por la presunta comisión del Delito de Falsedad Material, previstos y sancionados por los arts. 336 Abuso de Firma en Blanco, en relación al 23 del Código Penal.arts.
Que, sustanciado el proceso por el Juez de Sentencia Nº 2 de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, se cumplió con todo el ritual procesal instalándose y celebrándose el juicio oral con todas sus incidencias y emergencias a fs.88, habiéndose dictado la Sentencia Nº 04/2010 de 14 de diciembre, cursante de fs. 283-294 y vta.
I.2. De la Sentencia.- El Juzgado de Sentencia Nº 2 del Distrito Judicial de Potosí, dictó Sentencia Nº 04/2010 de 14 de diciembre, cursante de fs. 283-294 y vta., señalando que al acusado Severo Pérez Llampa se le ABSUELVE de culpa y pena por el Delito de Acción Pública de Abuso de Firma en Blanco en Grado de Complicidad previsto y sancionado por el art. 336 con relación al art. 23 del código Penal , sin costas, y se DECLARA Autora del Delito Abuso de Firma en Blanco previsto y sancionado por el art. 336 del Código Penal a Lola Sandra Urizar Vargas, condenándosele a sufrir la pena de 2 años y 6 meses a cumplirse en el Centro de Rehabilitación Productiva de Santo Domingo de Cantumarca y el pago de 105 días multa a razón de 5 Bs. Por día, el Beneficio de la Suspensión Condicional de la Pena a favor de la acusada se dispondrá una ves que se ejecutorié la Sentencia.
I.3. Del Recurso de Apelación Restringida.- Que, Lola Sandra Urizar Vargas interpuso Recurso de Apelación Restringida de fs. 300-303 contra la Sentencia N° 04/2010 de 14 de diciembre, cursante de fs. 283-294 y vta., fundando la misma en:
1.- Errónea aplicación de la Ley Adjetiva que no exista fundamentación en la Sentencia o que ésta sea insuficiente o contradictoria.
2.- Que, la Sentencia se base en hechos no acreditados
3.- Sentencia basada en defectuosa valoración de la prueba.
Invoca los siguientes precedentes:
Auto Supremo Nª 314 de 25 de agosto de 2006
Auto Supremo Nº 222 de 28 de marzo de 2007
Auto Supremo Nª 215 de 28 de junio de 2006
Auto Supremo Nº 214 de 28 de marzo de 2007
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