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TSJ

AS/0310/2013

Tribunal Supremo de Justicia
10 de julio de 2013Civil LiquidadoraMag. Ana Adela Quispe Cuba
Proceso
Divorcio
Sala
Civil Liquidadora
Año
2013

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 310

Sucre: 10 de julio de 2013

Expediente: C-39-08-A

Proceso: Divorcio

Partes: Filiberta Sonia Candia Zambrana c/ Roberto Huayllas Cossio

Distrito: Cochabamba

Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba

VISTOS: El Recurso de Casación de fojas 562 a 563 interpuesto por Filiberta Sonia Candia Zambrana, contra el Auto de Vista cursante de fojas 558 a 559 vuelta, de fecha 28 de marzo de 2008, pronunciado por la Sala Civil Primera de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso fenecido de DIVORCIO seguido por la recurrente contra Roberto Huayllas Cossio, la contestación al recurso de fojas 565 y vuelta, los antecedentes del proceso, y el auto de concesión del recurso de fojas 566; y,

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO.- Que en ejecución de sentencia el demandado plantea incidente de reducción de asistencia familiar, mismo que es resuelto por auto de fecha 20 de enero de 2005 declarando probada en parte el incidente, fijándose en consecuencia la suma de 1350.- Bs. Que el padre cumplirá a favor de sus tres hijos, debiendo la madre contribuir en similar proporción.

Así también, la demandante plantea incidente de división y partición de bienes gananciales, resuelto por auto de fecha 30 de septiembre de 2005, mismo que declara probada en parte el incidente, disponiendo en consecuencia la venta en subasta pública del bien inmueble consistente en una vivienda ubicada en Avda. Blanco Galindo esquina Antofagasta de la ciudad de Quillacollo, de cuyo producto se procederá a la división y partición en partes iguales el monto correspondiente a siete octavas partes como comunidad de gananciales, respetándose una octava parte de Roberto Huayllas Cossio que posee como bien propio, por modo directo.

Que, en grado de apelación incoada por ambas partes, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito Judicial de Cochabamba, confirma en parte el auto de 30 de septiembre de 2005 de fojas 354 en la parte que declara como propio 1/8 parte del inmueble objeto de división y partición y anula en la parte que ordena el remate de dicho bien, debiendo el juzgador aplicar lo dispuesto por el artículo 464 del Código de Familia, optando por una de las formas de división propuestas por el perito y previo sorteo, asignar a cada uno lo que le corresponde, en su caso realizando las compensaciones que se requieran en la perspectiva siempre de cuidar que sean iguales en especie y en valor.

CONSIDERANDO II:

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION: Ante la resolución de vista, la demandante interpone recurso de casación, con argumentos que se resumen inmediatamente:

Indica que, el referido auto de vista al confirmar el auto de 30 de septiembre de 2005, incurre en una violación y errónea interpretación de las leyes, evidenciándose una mala y errónea apreciación de las pruebas, incurriendo en error de derecho y hecho, ya que las mismas no conducen a demostrar el derecho propietario que el demandado tiene sobre la totalidad del inmueble, teniendo además como antecedente que el inmueble fue objeto de afectación.

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Datos del proceso

Demandante
Filiberta Sonia Candia Zambrana
Demandado
Roberto Huayllas Cossio
Proceso
Divorcio
Magistrado relator
Ana Adela Quispe Cuba
Tribunal Supremo de Justicia10 de julio de 2013AS/0310/2013Fuente oficial