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TSJ

AS/0313/2012

Tribunal Supremo de Justicia
30 de octubre de 2012Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
tráfico de sustancias controladas.
Sala
Penal I
Año
2012

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO Nº 313/2012

Sucre, 30 de octubre de 2012

EXPEDIENTE: La Paz 218/2012

PARTES PROCESALES: Ministerio Público contra Benito Marca Aranibar, Román Villca Apaza, Claudia Eugenia Rodríguez Huchani.

DELITO: tráfico de sustancias controladas.

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VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Claudia Eugenia Rodríguez Huchani (fs. 325 a 326), impugnando el Auto de Vista Nro. 165/2012 de 18 de mayo de 2012 emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 315 a 318), en el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Román Villca Apaza, Benito Marca Aranibar y la recurrente, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas.

CONSIDERANDO: Que el recurso de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes: 1.- El Juez Tercero de Partido y de Sentencia de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz, por Sentencia Nro. 26/2011 de 17 de octubre de 2011 (fs. 266 a 268), declaró a los imputados Román Villca Apaza y Benito Marca Aranibar autores y culpables de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, condenándolos a cada uno de ellos a la pena de doce años de presidio a cumplir en el Recinto Penitenciario de San Pedro de esa ciudad, con excepción de la multa. Con relación a la acusada Claudia Eugenia Rodríguez Huchani se la condena a la pena de cuatro años por el delito de encubrimiento previsto en el art. 75 de la Ley Nro. 1008, a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de dicha ciudad, aplicándose la excepción de sanción por ser concubina (conviviente) del imputado Román Villca Apaza; 2. Contra la mencionada Sentencia, interpusieron recurso de apelación restringida, el Ministerio Público (fs. 281 a 283) y los imputados Román Villca Apaza y Benito Marca Aranibar, resueltos mediante Auto de Vista Nro. 165/2012 de 18 de mayo, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 315 a 318), que revocó la Sentencia apelada y declaró culpable de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas a la imputada Claudia Eugenia Rodríguez Huchani, imponiéndole una condena de ochos años de presidio a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes. Asimismo, confirmó la referida Sentencia en relación a los imputados Román Villca Apaza y Benito Marca Aranibar; 3. Con el mencionado Auto de Vista, fue notificada la recurrente Claudia Eugenia Rodríguez Huchani el 4 de septiembre de 2012, interponiendo el recurso de casación que es caso de autos en fecha 10 de septiembre.

CONSIDERANDO: Que en el enunciado recurso de casación, la recurrente sostiene lo siguiente:

Que el Auto de Vista recurrido, revocó la Sentencia y le condenó, basándose en tres aspectos subjetivos: 1. El Juez de Sentencia incurrió en inobservancia y errónea aplicación de ley sustantiva al condenarle por el delito de encubrimiento 2. Que la imputada facilitó la ejecución del hecho y, 3. Debido a que la imputada tiene antecedentes en el procesamiento por sustancias controladas, se tiene probado el dolo.

Acusa al Tribunal de Alzada de no precisar con qué accionar objetivo o prueba literal o material habría facilitado la ejecución del hecho ilícito. Asimismo, añade que el Tribunal de Alzada al sostener la posibilidad de que se tenga probado el dolo por el sólo hecho de tener otro proceso penal violó la garantía constitucional de presunción de inocencia, prevista por el art. 116 parágrafo I de la Constitución Política del Estado y olvidó que en la doctrina actual se considera autor de un hecho ilícito a la persona que tiene el dominio del hecho (Román Villca Apaza y Benito Marca Aranibar).

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Benito Marca Aranibar, Román Villca Apaza, Claudia Eugenia Rodríguez Huchani.
Proceso
tráfico de sustancias controladas.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia30 de octubre de 2012AS/0313/2012Fuente oficial