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TSJ

AS/0313/2012

Tribunal Supremo de Justicia
17 de septiembre de 2012Sala Civil 1Mag. Rómulo Calle Mamani
Proceso
Sala
Sala Civil 1
Año
2012

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Texto del fallo

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA CIVIL

Auto Supremo: 313/2012

Sucre: 17 de Septiembre de 2012

Expediente: SC-68-12-A

Partes: Jorge Córdova Serrudo y Silvia Godefroy de Córdova c/ Banco Sur S.A. en liquidación y otros.

Proceso: Nulidad de transferencias.

Distrito: Santa Cruz.

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 140 a 144, interpuesto por Carolina Carrasco Pedriel en representación de Banco Sur S.A. en liquidación en contra del Auto de Vista Nº 278 de fecha 5 de julio de 2011 pronunciado por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de nulidad de transferencias por causa y motivos ilícitos, seguido por Jorge Córdova Serrudo y Silvia Godefroy de Córdova y otros contra el recurrente, la concesión de fs. 149, los antecedentes del proceso, y:

CONSIDERANDO I:

ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Mediante Auto de fecha 31 de septiembre de 2010, el operador judicial a cargo del Juzgado de Partido 13avo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, emite resolución rechazando el recurso de reposición (fs. 82 a 83 del testimonio) planteado por Sandra Kettels Vaca en su calidad de interventora-liquidadora del Banco Sur S.A. en Liquidación, por el que mantiene subsistente el decreto de 15 de mayo de 2010 que cursa a fs. 60 del legajo de apelación.

Contra el Auto interlocutorio de fecha 31 de septiembre de 2010, la nombrada interventora - liquidadora mediante memorial de fs. 97 a 98 del testimonio, interpone recurso de apelación, con los argumentos allí referidos, y que previo traslado se concede dicho recurso ante la Corte Superior de Justicia de Santa Cruz (hoy Tribunal Departamental de Justicia), a raíz del mismo la Sala Civil Primera de esa Corte, anula el oficio de remisión, y en cumplimiento a dicho fallo, se dicta el Auto interlocutorio de fecha 18 de abril de 2011, concediéndose el recurso de apelación formulado de fs. 97 a 98 del legajo testimonial.

Consiguientemente, cumplido el trámite de remisión se dicta el Auto de Vista Nº 278 de fecha 5 de julio de 2011 cursante a fs. 127 del cuaderno testimoniado, por el que la Sala Civil Primera anula el Auto de concesión del recurso de apelación en el efecto devolutivo de fecha 06 de noviembre de 2010 (fs. 101 vlta. del cuaderno de apelación), resolución de vista que es impugnada mediante recurso de casación en el fondo por parte del Banco Sur S.A. en Liquidación, objeto de estudio y análisis.

CONSIDERANDO II:

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Datos del proceso

Demandante
Jorge Córdova Serrudo y Silvia Godefroy de Córdova
Demandado
Banco Sur S.A. en liquidación y otros.
Magistrado relator
Rómulo Calle Mamani
Tribunal Supremo de Justicia17 de septiembre de 2012AS/0313/2012Fuente oficial