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TSJ

AS/0315/2006

Tribunal Supremo de Justicia
20 de junio de 2006Social 2daMag. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Proceso
Social.
Sala
Social 2da
Año
2006

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Texto del fallo

SALA SOCIAL Y ADM. II. AUTO SUPREMO: Nº 315

Sucre, 20 de junio de 2.006

DISTRITO: La Paz PROCESO: Social.

PARTES: Simón Patzi Mendoza c/ Empresa "THOR" Ltda.

MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez.

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VISTOS: El recurso de casación de fs. 67-69, interpuesto por Jorge Dulón Pérez en representación de la empresa "THOR" Ltda., contra el auto de vista Nº 273/01-SSAI de 30 de octubre de 2001 (fs. 64), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social que sigue Simón Patzi Mendoza contra la empresa que representa el recurrente, la respuesta de fs. 71-73, los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia Nº 70/99 el 22 de octubre de 1999 (fs. 37-39), declarando probada la demanda de fs. 2-3, ordenando que la empresa demandada a través de su representante legal, pague por concepto de indemnización, desahucio, aguinaldo, prima, horas extras y salario devengado, a favor del actor, la suma de Bs. 10.215,28.

En grado de apelación, por auto de vista Nº 273/01-SSAI de 30 de octubre de 2001 (fs. 64), se confirma en parte la sentencia, disponiendo que se cancele por conceptos de desahucio, indemnización, aguinaldo, prima y sueldo devengado, el monto de Bs. 6.291,79.

Que, contra el auto de vista, la empresa demandada a través de su representante legal, interpone recurso de casación, alegando que el Tribunal Ad quem, hizo interpretación errónea y aplicación indebida de los arts. 13, 19 y 57 de la L.G.T. y arts. 66, 150 del Cód. Proc. Trab y art. 3º del Decreto Supremo Nº 229 de 21 de diciembre de 1944; además de haberse incurrido en error de hecho y de derecho en la apreciación de las pruebas, expresando que cumplió con la presentación de las pruebas (fs. 21-22), que desvirtúa la pretensión del actor de haber trabajado desde el 1º de agosto al 12 de febrero de 1999, ya que únicamente trabajó 71 días en forma discontinua y no cumplió los tres meses de trabajo que exige la ley, por consiguiente no puede haber despido intempestivo, menos derecho a percibir el beneficio de primas, porque no fue trabajador de planta de la empresa, y sobretodo porque se demostró la sustracción de materiales; asimismo no se consideró la prueba referida a la confesión provocada, por lo que solicita se case el auto de vista y se declare improbada la demanda, con costas.

CONSIDERANDO II: Que, dentro de ese marco legal corresponde verificar si lo denunciado en el recurso es o no evidente, de cuyo análisis y compulsa, se tiene:

I.- El art. 3º inc. g) del Cód. Proc. Trab., consagra el principio de proteccionismo, por el que se establece que los procedimientos laborales buscan la protección y tutela de los derechos de los trabajadores, principio que ha sido complementado por el de la inversión de la prueba, consagrado en el art. 3º inc. h) del mismo Adjetivo Laboral y que se encuentra desarrollado en los arts. 66 y 150 de la misma norma, los que determinan que en todo juicio social incoado por el trabajador, la carga de la prueba corresponde al empleador, quién debe desvirtuar los fundamentos de la acción, sin perjuicio de que el trabajador, pueda ofrecer las pruebas que estime convenientes.

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Datos del proceso

Demandante
Simón Patzi Mendoza
Demandado
Empresa "THOR" Ltda.
Proceso
Social.
Magistrado relator
Eddy Walter Fernández Gutiérrez
Tribunal Supremo de Justicia20 de junio de 2006AS/0315/2006Fuente oficial