Volver a jurisprudencia
TSJ

AS/0315/2011

Tribunal Supremo de Justicia
17 de mayo de 2011Penal IMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Sala
Penal I
Año
2011

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

Auto Supremo: No. 315

Fecha : Sucre, 17 de mayo de 2011

Expediente : Nro. 140/09

Distrito : Cochabamba

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por el procesado Jaime Eliodoro Escalera Rodríguez (fs. 516 a 519), impugnando el Auto de Vista de 10 de junio de 2009 (fs. 504 a 506), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Acusación Particular de Dionicia Vargas Zurita contra Jaime Eliodoro Escalera Rodríguez por el delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal, (modificado por la Ley 2033), los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Mixto de Sentencia Nº 2 de la ciudad de Cochabamba, Distrito Judicial de Cohabamba, dictó la Sentencia Nº 30/2008 de 25 de julio de 2008 (fs. 422 a 429 y vlta.), declarando al procesado, Jaime Eliodoro Escalera Rodríguez, autor de la comisión del delito de Violación de Niño, Niña o Adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 Bis del Código Penal,, imponiéndole la pena privativa de libertad de quince años de reclusión sin derecho a indulto, a cumplir en el penal de "El Abra", más la reparación del daño civil a la Acusadora Particular como representante de la víctima, Vania Espinoza Vargas, averiguables en ejecución de Sentencia, más costas al Estado a pagarse en partidas y durante el cumplimiento de la pena; Sentencia que apelada por el procesado, fue confirmada mediante Auto de Vista de 10 de junio de 2009 (fs. 504 a 506), emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, que declaró improcedente el Recurso de Apelación Restringida. Auto de Vista que ahora es recurrido en Casación.

Mostrando 7 de 13 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Criterio

Al referirse los precedentes contradictorios invocados a situaciones de hecho disímiles con el caso de autos, y al obviar señalar las contradicciones en términos precisos con relación a dichos precedentes, se incumplió con los requisitos de admisibilidad del Recurso de Casación, impidiendo la apertura de competencia del Máximo Tribunal y determinando por lo mismo, la inadmisibilidad del recurso interpuesto, conforme al art. 417 párrafos segundo y último del Código de Procedimiento Penal.

Datos del proceso

Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán

Descriptores

Derecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad / Por no invocar precedentes contradictoriosDerecho Penal / Derecho Procesal Penal / Recursos / Recurso de casación / Etapa de admisión / Inadmisibilidad
Tribunal Supremo de Justicia17 de mayo de 2011AS/0315/2011Fuente oficial