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TSJ

AS/0315/2012

Tribunal Supremo de Justicia
16 de noviembre de 2012Civil LiquidadoraMag. Javier Medardo Serrano Llanos
Proceso
Reconocimiento de mejor derecho de propiedad.
Sala
Civil Liquidadora
Año
2012

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Texto del fallo

SALA CIVIL LIQUIDADORA

Auto Supremo: Nº 315

Sucre: 16 de noviembre de 2012

Expediente: LP-69-11-S

Proceso: Reconocimiento de mejor derecho de propiedad.

Partes: Carolina Isabel Nielsen Reyes de Leickhartdt y Roberto María Nielsen Reyes Kruchner c/ Elka María del Rosario Verduguez Linares y otros.

Distrito: La Paz

Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos

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VISTOS: el recurso de casación en la forma y en el fondo de fojas 1018 a 1033 interpuesto por Carolina Isabel Nielsen Reyes de Leickhartdt y Roberto María Nielsen Reyes Kruchner, contra el Auto de Vista Nº 102, de fojas 1006 a 1009, emitido el 10 de marzo de 2011 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, en el proceso ordinario sobre reconocimiento de mejor derecho de propiedad seguido por los recurrentes contra Elka María del Rosario Verduguez Linares y otros; la respuesta de fojas 1037 a 1040 vuelta; la concesión de fojas 1041; los antecedentes del proceso; y,

CONSIDERANDO: que el Juez Décimo Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 146 de 23 de junio de 2005, cursante de fojas 725 a 730, por la cual declaró improbada en todas sus partes la demanda principal y probada en parte la demanda reconvencional, en cuanto al mejor derecho de propiedad, e improbada en cuanto a la entrega del bien inmueble, desapoderamiento y acción negatoria. Consiguientemente reconoció el mejor derecho de propiedad de Elka María del Rosario, René Efrain, Fátima María Sol Katherine, María René y Pedro Steve, todos de apellidos Verduguez Linares, respecto al bien inmueble ubicado en la calle prolongación 30, Nº 1732, esquina Río Huayñajahuira, continuación de la avenida Costanera con código catastral Nº 44-180-9, adquirido mediante compra venta según escritura pública Nº 98/98 de 26 de junio de 1998, con una superficie de 1450 m2, inscrito en Derecho Reales bajo la partida Nº 01455438 de 3 de julio de 1998, actual folio real Nº 2.01.1.01.0005280. sin costas por tratarse de juicio doble.

Contra esa sentencia la parte actora interpuso recurso de apelación cursante de fojas 734 a 747 vuelta, en cuyo mérito la Sala Civil tercera de la corte Superior del distrito Judicial de La Paz, el 24 de febrero de 2006 pronunció el Auto de Vista Nº 107/2006, cursante de fojas 811 a 812 vuelta anulando obrados hasta fojas 723 vuelta y dispuso que el Juez A quo, con la facultad que le otorga los artículos 4-4) y 378 del Código de Procedimiento Civil recabe mayores elementos de juicio a fin de determinar a través de la tradición titularía y la ubicación exacta del inmueble a quien corresponde el derecho propietario reclamado.

Contra esa resolución ambas partes recurrieron en casación, en virtud a ellos. La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia el 26 de julio de 2010 emitió el Auto Supremo Nº 252, cursante de fojas 914 a 916, anulando el Auto de Vista impugnado, disponiendo que el tribunal Ad quem, previo sorteo y sin someter a turno el proceso, resuelva la alzada con la pertinencia impuesta por el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, ejerciendo si así lo considera pertinente la facultad de disponer de oficio la producción de, prueba que estime conveniente.

En atención al referido auto supremo, La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz el 10 de marzo de 2011 dictó el Auto de Vista Nº 102, de fojas 1006 a 1009, confirmando la sentencia apelada, con costas.

Por Auto de 18 de enero de 2011, cursante a fojas 1013 el tribunal Ad quem, rechazó la solicitud de explicación, complementación y enmienda, formulada por la parte demandante.

Contra la resolución de alzada la parte actora interpuso recurso de casación el fondo y en la forma, en base a los fundamentos expuestos en el memorial de fojas 1018 a 1033 vuelta.

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Datos del proceso

Demandante
Carolina Isabel Nielsen Reyes de Leickhartdt y Roberto María Nielsen Reyes Kruchner
Demandado
Elka María del Rosario Verduguez Linares y otros.
Proceso
Reconocimiento de mejor derecho de propiedad.
Magistrado relator
Javier Medardo Serrano Llanos
Tribunal Supremo de Justicia16 de noviembre de 2012AS/0315/2012Fuente oficial