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TSJ

AS/0316/2005

Tribunal Supremo de Justicia
29 de agosto de 2005Penal IMag. Jaime Ampuero García
Proceso
Sala
Penal I
Año
2005

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Texto del fallo

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: No. 316 Sucre 29 de agosto de 2005

DISTRITO: Cochabamba

PARTES : Ministerio Público c/ Wilfredo Rojas Villarroel.

Transporte de sustancias controladas.

MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García.

VISTOS: el recurso de casación interpuesto por el procesado, Wilfredo Rojas Villarroel, cursante de fs. 147 a 148 vlta., impugnando el Auto de Vista de fojas 144 a 145, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en fecha 6 de febrero de 2003, dentro el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de transporte de sustancias controladas (art. 55 de la Ley 1008); el requerimiento fiscal cursante de fs. 152-155, sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: que la Sentencia de primer grado, pronunciada por el Tribunal Segundo de Sustancias Controladas del Distrito de Cochabamba, (fs. 136-137) declara al recurrente, autor del delito de transporte de sustancias controladas en grado de tentativa (art. 55 de la Ley Nº 1.008 en relación al art. 8 del Cod. Penal) condenándolo a sufrir la pena de 5 años y cuatro meses de presidio a cumplir en la cárcel pública de esa ciudad y 500 días multa a razón de 1 Bs. Por día, más el pago de costas daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia.

Habiendo recurrido en apelación de esa resolución, por Auto de Vista cursante de fojas 144 a 145 pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, en fecha 6 de febrero de 2003, se revoca la resolución y declara al procesado Wilfredo Rojas Villarroel autor del delito de transporte de sustancias controladas (art. 55 de la ley Nº 1.008) condenándolo a sufrir la pena de 8 años de presidio a cumplir en la cárcel de la "Abra", al pago de 500 días multa a razón de 1 Bs. por día, más el pago de costas daños y perjuicios a calificarse en ejecución de sentencia.

Que el procesado Wilfredo Rojas Villarroel recurre en casación, alegando que el A.V. al declararle autor del delito de transporte de sustancias controladas (art. 55 de la ley Nº 1.008), incurrió en infracción directa de la ley adjetiva y sustantiva de los arts. 8-38-39 y 40 del Cod. Penal al no considerar la tentativa en la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, por lo que solicita que el máximo Tribunal de Justicia de la nación case el A.V. recurrido y dicte una resolución justa a su favor tomando en cuenta la tentativa en la comisión del ilícito.

CONSIDERANDO: que de los datos y pruebas que informan el proceso, se establece que en fecha 21 de baril de 1.999 en el Cruce San Mateo, el Policía Gonzalo Alípaz Huanca observó a tres personas de sexo masculino, portando mochilas, instante en que al percatarse de la presencia policial se dieron a la fuga, habiéndose detenido únicamente a Wilfredo Rojas Villarroel, portando una mochila color verde en su espalda, encontrando en su interior un paquete que contenía sustancias controladas, igualmente en la mochila del otro que se dio a la fuga, también se encontró sustancias controladas. Habiéndose incautado en total la cantidad de 1.918 gramos de cocaína en estado seco.

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Datos del proceso

Demandante
Ministerio Público
Demandado
Wilfredo Rojas Villarroel.
Magistrado relator
Jaime Ampuero García
Tribunal Supremo de Justicia29 de agosto de 2005AS/0316/2005Fuente oficial